
Ordenanza Nº 239
Establecer el 1 % de recargo por mora
VISTO :
La necesidad de dejar establecido normativamente el porcentaje de recargo por mora aplicable a deuda mantenidas con ésta repartición por infractores a las Ordenanzas Comunales rigentes (tránsito, edificación, etc.), y;
CONSIDERANDO :
Que, es necesario unificar un porcentaje mensual de recargo por mora, por falta de cumplimiento en término, para las distintas infracciones a las Ordenanzas Comunales vigentes en este distrito;
Que, efectuadas las consultas pertinentes a Contaduría, ésta dictamina un recargo por mora del uno por ciento (1%) mensual sobre el monto de las boletas de infracción vencidas;
ARTICULO 1º: Establecer el uno por ciento (1%) mensual en concepto de RECARGO POR MORA sobre el monto de las boletas de infracción a las Ordenanzas Comunales vigentes en este Distrito que se hallen vencidas.
ARTICULO 2º: Regístrese en el libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición y archívese.
FIRMANTES :
SATTLER HECTOR C. ( Presidente comunal ) |
IMWINKELRIED ANALIA BEATRIZ ( Vicepresidente comunal ) |
KUCHEN DARDO CELESTINO ( Secretaria/o ) |
JACOB ROMILDO ERNESTO ( Tesorero ) |
FERRERO ADELA MARGARITA CATALINA ( Vocal ) |
SAN JERONIMO NORTE, Sancionada: 18 de Octubre de 1996
Promulgada: 18 de Octubre de 1996