Comisión Comunal

Ordenanza Nº 239

Establecer el 1 % de recargo por mora

VISTO :

La necesidad de dejar establecido normativamente el porcentaje de recargo por mora aplicable a deuda mantenidas con ésta repartición por infractores a las Ordenanzas Comunales rigentes (tránsito, edificación, etc.), y;

CONSIDERANDO :

Que, es necesario unificar un porcentaje mensual de recargo por mora, por falta de cumplimiento en término, para las distintas infracciones a las Ordenanzas Comunales vigentes en este distrito;
Que, efectuadas las consultas pertinentes a Contaduría, ésta dictamina un recargo por mora del uno por ciento (1%) mensual sobre el monto de las boletas de infracción vencidas;

ARTICULO 1º: Establecer el uno por ciento (1%) mensual en concepto de RECARGO POR MORA sobre el monto de las boletas de infracción a las Ordenanzas Comunales vigentes en este Distrito que se hallen vencidas.

ARTICULO 2º: Regístrese en el libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición y archívese.

FIRMANTES :

SATTLER HECTOR C. ( Presidente comunal )

IMWINKELRIED ANALIA BEATRIZ ( Vicepresidente comunal )

KUCHEN DARDO CELESTINO ( Secretaria/o )

JACOB ROMILDO ERNESTO ( Tesorero )

FERRERO ADELA MARGARITA CATALINA ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, Sancionada: 18 de Octubre de 1996

Promulgada: 18 de Octubre de 1996


Volver al Inicio