
Departamento Ejecutivo
Decreto                                  Nº 250
Reglamenta comodato de instrumentos musicales de la escuela de música de la municipalidad
VISTO : 
La Ordenanza Municipal N.º 123/2023 que crea y establece el funcionamiento de la Escuela de Música Municipal de San Jerónimo Norte; y
CONSIDERANDO : 
Que, la Escuela de Música Municipal ha experimentado un significativo incremento en la matrícula de alumnos durante el año 2025, superando las proyecciones iniciales y demostrando el gran interés de la comunidad en la formación musical.
Que, esta ampliación en el número de estudiantes genera una mayor demanda de acceso a instrumentos musicales, los cuales son esenciales para el adecuado desarrollo de las actividades pedagógicas y artísticas de la institución.
Que, con el fin de garantizar la accesibilidad y la equidad en el uso de los recursos de la Escuela, y de optimizar el aprovechamiento de los instrumentos disponibles y los que se adquieran en el futuro, resulta imperativo establecer un marco regulatorio claro y transparente para el préstamo de los mismos.
Que, la implementación de un régimen de comodato para el préstamo de instrumentos permitirá formalizar la relación entre la Municipalidad y los alumnos o sus tutores, garantizando la preservación, el cuidado y el mantenimiento de estos bienes municipales.
Que, a los fines de asegurar la durabilidad y el correcto estado de los instrumentos, es pertinente establecer un canon mensual por mantenimiento, el cual contribuirá a solventar los costos asociados a las reparaciones, calibraciones y puesta a punto de los mismos, asegurando su disponibilidad a lo largo del tiempo.
Que, la percepción de dicho canon deberá ser administrada de forma clara y trazable, por lo que se determinará la Mesa de Entrada de la Municipalidad como el lugar para su percepción, emitiendo el comprobante correspondiente para cada pago.
Que, los fondos recaudados por el concepto de canon de mantenimiento deberán ser destinados específicamente al rubro de "Mantenimiento de Instrumentos Musicales" dentro de la partida presupuestaria o cuenta N.º 001307 del Presupuesto Municipal.
Que, a fin de dotar de un marco de flexibilidad y adaptabilidad a las necesidades futuras o situaciones no previstas, se considera oportuno designar a la Secretaría de Cultura, Educación, Deportes y Turismo como autoridad de aplicación del presente, facultándola para realizar actualizaciones, modificaciones o análisis de casos particulares.
Que, la presente medida se enmarca en las facultades conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Orgánica de Municipalidades N.º 2756 y demás normativa concordante.
ARTICULO 1º: OBJETIVO: Establecer el Régimen de Préstamo de Instrumentos Musicales de la Escuela de Música Municipal, creado por Ordenanza Municipal N.º 123/2023, con el objetivo de formalizar su uso, asegurar su mantenimiento y optimizar su disponibilidad para los alumnos.
ARTICULO 2º: FORMALIZACIÓN: El préstamo de instrumentos se formalizará mediante la suscripción de un Contrato de Comodato de Instrumentos Musicales, cuyo modelo se aprueba como Anexo I del presente Decreto, formando parte integrante e inescindible del mismo. Este contrato deberá ser suscripto por el alumno o, en caso de ser menor de edad, por su padre, madre o tutor legal, y un representante de la Municipalidad de San Jerónimo Norte.
ARTICULO 3º: CANON DE MANTENIMIENTO: Establécese un canon mensual por mantenimiento de instrumento a carga del beneficiario del comodato, cuyo monto será determinado y actualizado periódicamente por la Secretaría de Cultura, Educación, Deportes y Turismo. Dicho canon deberá ser abonado en la Mesa de Entrada de la Municipalidad de San Jerónimo Norte, la cual emitirá el comprobante de pago correspondiente.
ARTICULO 4º: DESTINO DE FONDOS: Los fondos recaudados en concepto de canon por mantenimiento serán depositados en la partida presupuestaria o cuenta N.º  001307 del Presupuesto Municipal, bajo el rubro específico de "Otros ingresos no tributarios, "Mantenimiento de Instrumentos Musicales de la Escuela de Música Municipal", y serán destinados exclusivamente a la reparación, conservación, adquisición de accesorios y/o renovación de los instrumentos musicales de la institución.
ARTICULO 5º: AUTORIDAD DE APLICACIÓN: Designe a la Secretaría de Cultura, Educación, Deportes y Turismo como Autoridad de Aplicación del presente Decreto. Dicha Secretaría estará facultada para: a) Actualizar y/o modificar el monto del canon mensual por mantenimiento. b) Aprobar y/o modificar el modelo de Contrato de Comodato de Instrumentos Musicales (Anexo I). c) Interpretar y resolver situaciones no previstas en el presente, adoptando las medidas necesarias para el correcto funcionamiento del régimen de préstamo de instrumentos. d) Establecer los criterios y procedimientos internos para la asignación, control y devolución de los instrumentos.
ARTICULO 6º: ANEXOS: Apruébese el Anexo I "Contrato de Comodato de Instrumentos Musicales", que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 7º: Comuníquese, regístrese, y archívese.
FIRMANTES :