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Municipalidad de San Jerónimo Norte
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Comisión Comunal

Ordenanza Nº 382

Aprobación certificado y traspaso de fondos ( JPG )

VISTO

Los costos operativos que generó y genera la Obra de Provisión de Gas Natural y la red de distribución domiciliara en nuestra localidad, y ;

CONSIDERANDO

Que en el total de Ítems que integran el costo de la ejecución de la obra, hay que considerar uno que es de importancia vital, cual es el que se representa el deterioro que sufren los bienes del patrimonio comunal que se utilizan en la concreción de la obra,
Que las devaluaciones que sufren los bienes comunales, deben ser compensadas con recursos que integran el total del costo de la obra,
Que atento a la naturaleza de los ingresos de Contribución de Mejoras que genera la obra, los mismos tienen un tratamiento distinto a los Recursos de Rentas Generales del Presupuesto General de Recursos y Gastos Comunales y se contabilizan y se recaudan por separados,
Que conforme al registro que se lleva de horas de trabajo de distintas unidades vehiculares utilizadas en la ejecución de la obra durante el ejercicio 2000 y lo que va del ejercicio 2001, sería necesario reflejar presupuestariamente el monto de depreciación que sufrieron las mismas;
Que a esos fines es necesario determinar la manera de compensar económicamente tal situación;

ARTICULO 1: A partir de la sanción de la presente ordenanza, se realizará una compensación económica a favor de las Rentas Generales de la Comuna y de los recursos generados por el cobro de la contribución por mejoras de la obra de Gas Natural cta. Nro708368-3 del Banco Suquía S. A., por el uso de sus bienes patrimoniales en la ejecución de la obra precitada.-

ARTICULO 2: Dicha compensación se calculará en base a la cantidad de horas de trabajos de cada uno de los bienes del patrimonio comunal en la utilización en la realización de la obra, tomándose como parámetro los precios de mercado para cada operación y reconociéndose a favor de las Rentas - Generales comunales un 70 % del valor final.-

ARTICULO 3: La Comisión Comunal está autorizada para liquidar en la forma aprobada en los artículos anteriores la afectación de los equipos conforme al informe que eleve a estos fines el Director de la Obra de Gas Natural Ing. Gerardo J. Andreoli quien será el responsable de dichos cálculos a realizar ante cualquier situación que se suscitare al respecto.

ARTICULO 4: Efectuados los cálculos, se procederá a aprobarlos por Ordenanza Comunal con un anexo que formará parte de la misma, en el que se detallarán los períodos, las horas de afectación de cada vehículo y los montos base para el cálculo respectivo.

ARTICULO 5: Una vez determinado el monto de la Administración Comunal procederá a realizar la transferencia de fondos desde la Cuenta Nro. 708368-3 del banco Suquía S. A. a la cta. 1401-00 del Banco Santa Fe S. A. perteneciente a Rentas Generales de la Administración Comunal.

ARTICULO 6: Apruébase el informe de cálculo para período 01 de Enero de 2000 a 28 de Febrero de 2001, de fecha 23 de Marzo de 2001, presentado por el Ing. Gerardo J. Andreoli, que se anexa a esta ordenanza y forma parte de la misma.

ARTICULO 7: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.-

FIRMANTES

  • JULLIER RAÚL MARTÍN (Presidente comunal)
  • EMMERT OMAR FEDERICO (Vicepresidente comunal)
  • TSCHIEDER CELIA MARÍA (Secretaria/o)

SAN JERONIMO NORTE

Sancionada: 6 de Abril de 2001