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Municipalidad de San Jerónimo Norte
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Departamento Ejecutivo

Decreto Nº 304

Aranceles Escuela de Música

VISTO

La Ordenanza Municipal Nº 135/2023, el Decreto Nº 263 del Departamento Ejecutivo Municipal mediante el cual se crea el "Centro Municipal de Formación SJN", la Ordenanza Municipal Nº 123/2023, y la necesidad de establecer los aranceles para el ciclo lectivo 2026 de la Escuela de Música Municipal; y

CONSIDERANDO

Que, dentro de la estructura de la Secretaría de Cultura, Educación, Deportes y Turismo, la Escuela de Música Municipal requiere de recursos para el mantenimiento de instrumentos, materiales didácticos y gastos operativos directos.
Que, para garantizar la excelencia académica y la sostenibilidad del servicio, se estima necesario fijar un aporte mensual por parte de los alumnos.
Que, ante la inminencia del inicio de clases, es indispensable contar con un mecanismo de recaudación que permita la inscripción y el normal funcionamiento del área.

ARTICULO 1: Establece para el Ciclo Lectivo 2026 el valor de las cuotas mensuales de la Escuela de Música Municipal, los siguientes montos por alumno:
"     Alumnos de 8 a 40 años de edad: $10.000.-
"     Alumnos de 41 años de edad en adelante: $20.000.-
"     Alquiler de instrumentos: $10.000.-

ARTICULO 2: Dispóngase que el pago de dicho arancel deberá efectuarse del 1 al 10 de cada mes mediante los siguientes canales:
a)     Mesa de Entrada: mediante pago presencial, dentro de los horarios de atención al público.
b)     Transferencia bancaria: a la cuenta oficial del Municipio (CBU: 3300543815430001401001), debiendo el alumno remitir el comprobante correspondiente vía correo electrónico a sec.finanzas@sanjeronimonorte.gob.ar, a efectos de su validación.
c)      Sitio web oficial del Municipio: mediante el uso del botón de pago habilitado a tal fin.

ARTICULO 3: Autorizase a la Secretaría de Hacienda a registrar los ingresos percibidos por este concepto en la cuenta presupuestaria que dicha Secretaria determine y designe a tal efecto para su imputación.

ARTICULO 4: Comuníquese, publíquese, notifíquese y archívese.

FIRMANTES

  • DEVESA RONCHINO PAOLA (Intendente.)
  • BORETTO IGNACIO (Secretario de Gobierno)

SAN JERONIMO NORTE

Sancionada: 20 de Marzo de 2026

Promulgada: 20 de Marzo de 2026