Comisión Comunal

Ordenanza Nº 240

Loteos y Urbanizaciones

VISTO :

La necesidad de evitar desmedidas o desproporcionadas habilitaciones de áreas para uso residencial, sin que se vaya dando, progresivamente, los servicios y ocupaciones edilicias consiguientes, y;

CONSIDERANDO :

Que, es altamente conveniente contar con normas específicas que regulen y encaucen la acción de los particulares que deseen subdividir sus propiedades urbanas o rurales, para transformarlas en parcelas para la venta;
Que, resulta evidente el trastorno que importa para los servicios públicos en general y para la infraestructura urbana, el crecimiento desmedido e incontrolado de las denominadas áreas urbanas sin un equilibrado uso del terreno;
Que, ese contralor debe ser impuesto en concordancia con los elementales requerimientos de toda sociedad o agrupamiento de familias en cuanto refiere a servicios públicos y equipamiento social comunitario;
Que, es función primordial del gobierno comunal velar por el bienestar general, razón por la cual pretende un ordenado crecimiento de las urbanizaciones con simultaneidad de la prestación de servicios públicos, económicos y eficientes;

ARTICULO 1º: Declárese vigente en jurisdicción de la Comuna de San Jerónimo Norte, el Reglamento Tipo de Loteos y Urbanizaciones, elaborado por la Dirección General de Planeamiento Urbano aprobada por Resolución Nº 063/78 que se considera parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO 2º: Regístrese en el libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición y archívese.-

FIRMANTES :

SATTLER HECTOR C. ( Presidente comunal )

IMWINKELRIED ANALIA BEATRIZ ( Vicepresidente comunal )

KUCHEN DARDO CELESTINO ( Secretaria/o )

JACOB ROMILDO ERNESTO ( Tesorero )

FERRERO ADELA MARGARITA CATALINA ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, Sancionada: 22 de Octubre de 1996

Promulgada: 22 de Octubre de 1996


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