
Departamento Ejecutivo
Decreto                                  Nº 255
Modificación Presupuestaria
VISTO : 
La Ordenanza de Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculos de Recursos N° 172//2025 sancionada el día 16 de Abril 2025 y promulgada por el DEM el día 28 de Abril o de 2025;
CONSIDERANDO : 
Que, el artículo 5° de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer o aprobar modificaciones presupuestarias que impliquen incrementos en los gastos corrientes en detrimentos de los gastos de capital o las aplicaciones financieras. No obstante, la reconducción Presupuestaria se permitirá, exclusivamente dentro de un mismo Sector Presupuestario, a los efectos mencionados se considera Sector Presupuestario a los siguientes: Operación, Intereses de la Deuda, Transferencias, Erogaciones de Capital. 
Que, teniendo en cuenta que para dar continuidad con el normal funcionamiento de la Administración Municipal debemos asignar fondos a cuentas que lo requieran, se modificarán partidas dentro del mismo sector presupuestario sin alterar el equilibrio del mismo;
Que, a los fines descriptos se hace necesario proceder a sancionar la norma legal respectiva;  
ARTICULO 1º: Disminúyase el Sector Presupuestario EROGACIONES CORRIENTES, OPERACIÓN la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES $31.000.000,00, en las siguientes partidas:
8.01.01.01.01.09.000.000.000098 VESTIMENTA, ELEMENTOS DE SEGURIDAD Y OTROS $8.000.000.- (OCHO MILLONES)
8.01.01.01.02.01.003.000.000128 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES $23.000.000.- (veintitrés millones).-
Disminúyase el Sector Presupuestario TRANSFERENCIAS la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES $19.000.000,00, en la siguiente partida:
8.01.01.03.02.02.000.000.000588 BANDA MUNICIPAL DE MÚSICA $ 3.000.000,00 (tres millones)
8.01.01.03.06.01.000.000.000698 DIETAS Y PERSONAL PERMANENTE $16.000.000,00 (dieciséis millones).-
     
Disminúyase el Sector Presupuestario EROGACIONES DE CAPITAL la suma de PESOS SETENTA MILLONES $70.000.000,00, en la siguiente partida:
8.01.02.01.01.03.003.000.000838 MAQUINARIAS Y EQUIPOS $10.000.000,00 (diez millones).
8.01.02.01.02.04.000.000.000888 OBRADOR MUNICIPAL $ 25.000.000,00  (veinticinco millones).
8.01.02.01.02.11.000.000.000958 AMPLIACIÓN RED DESAGÜES CLOACALES $35.000.000,00 (treinta y cinco millones).
ARTICULO 2º: Auméntase en el Sector Presupuestario EROGACIONES CORRIENTES, OPERACIÓN la suma de PESOS TREINTA Y UNO MILLONES $31.000.000,00, en las siguientes partidas:
8.01.01.01.01.04.000.000.000048 ASIGNACIONES FAMILIARES $8.000.000,00 (ocho millones).
8.01.01.01.02.01.010.000.000198  LIMPIEZA BAZAR Y MENAJE $5.000.000,00 (cinco millones).
8.01.01.01.02.02.006.000.000298 SEGUROS $5.000.000,00 (Cinco millones).
8.01.01.01.02.02.016.000.000398 PODA Y DESMONTE  $10.000.000,00 (diez millones)
8.01.01.01.02.02.014.000.000378 SERVICIOS PROFESIONALES EXAMEN PSICOFÍSICO $3.000.000.00 (tres millones)
 Auméntase en el Sector Presupuestario TRANSFERENCIAS la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES $19.000.000,00, en la siguiente partida:
8.01.01.03.01.02.000.000.000528 TALLERES Y CURSOS MUNICIPALES $5.000.000,00 (cinco millones).
8.01.01.03.01.03.000.000.000538 BECAS Y CASA DE ESTUDIANTES $10.000.000,00 (diez millones).
8.01.01.03.04.01.000.000.000638 SUBSIDIOS P/ATENCIÓN DE SALUD, MEDICAMENTOS Y TRASLADO $3.000.000,00 (tres millones).
8.01.01.03.06.05.000.000.000738 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO $1.000.000,00 (un millón).
Auméntase en el Sector Presupuestario EROGACIONES DE CAPITAL  la suma de PESOS CINCUENTA Y CINCO  MILLONES $55.000.000,00, en la siguiente partida:
8.01.02.01.02.02.000.000.000868  CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN PLAZAS, PARQUES Y PASEOS $50.000.000,00 (cincuenta  millones).
8.01.02.01.02.10.000.000.000948 PARQUE INDUSTRIAL$10.000.000,00 (diez millones).
8.01.02.01.02.12.000.000.000968 PAVIMENTO URBANO $10.000.000,00 (diez millones).
ARTICULO 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese
FIRMANTES :