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Municipalidad de San Jerónimo Norte
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Comisión Comunal

Ordenanza Nº 842

Agregado Granular pétreo - DPV Barrio Federal

VISTO

La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, para lo cual esta Comuna se compromete a ejecutar la Obra: Construcción estabilizado granular con agregado pétreo ( 0-20 ) de la localidad de SAN JERONIMO NORTE, durante el ejercicio del año 2009, de acuerdo al Cómputo y Presupuesto realizado por Vialidad, y;

CONSIDERANDO

Que los términos del Convenio y el Presupuesto ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de las obras a realizar por la Comuna son razonables y compensan las inversiones a su cargo;
Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Presidente Comunal de SAN JERONIMO NORTE, Sr. Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como también a percibir el monto que se establezca;
Que a los fines de garantizar el cumplimiento del convenio correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Comuna;
Que la ejecución de la obra brindará beneficios imponderables a todos los habitantes de la zona;

ARTICULO 1: Apruébase la formalización de un Convenio entre esta Comuna y la Dirección
Provincial de Vialidad, para lo cual esta Comuna se compromete a ejecutar la Obra: "Construcción estabilizado granular con agregado pétreo ( 0-20 ) " de la localidad de SAN JERONIMO NORTE, durante el ejercicio del año 2009, de acuerdo al Cómputo y Presupuesto realizado por la Dirección Provincial d Vialidad

ARTICULO 2: Autorizar al Presidente Comunal, Señor Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, a suscribir el respectivo Convenio como también, a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y la percepción del monto establecido

ARTICULO 3: Apruébase la inversión que deberá realizar la Comuna de acuerdo a la Ley 2439

ARTICULO 4: Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de
Coparticipación que le correspondan a la Comuna de San Jerónimo Norte, a
fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiera ocasionar el incumplimiento del Convenio

ARTICULO 5: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese

FIRMANTES

  • JULLIER RAÚL MARTÍN (Presidente comunal)
  • EMMERT OMAR FEDERICO (Vicepresidente comunal)
  • TSCHIEDER CELIA MARÍA (Secretaria/o)
  • WELSCHEN CARLOS ALBERTO (Tesorero)
  • CHUARD ALBERTO R. (Vocal)

SAN JERONIMO NORTE

Sancionada: 1 de Julio de 2009