
Departamento Ejecutivo
Decreto Nº 275
Modificación Presupuestaria
VISTO :
La Ordenanza de Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculos de Recursos N° 172//2025 sancionada el día 16 de Abril 2025 y promulgada por el DEM el día 28 de Abril o de 2025;
CONSIDERANDO :
Que, el artículo 5° de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer o aprobar modificaciones presupuestarias que impliquen incrementos en los gastos corrientes en detrimentos de los gastos de capital o las aplicaciones financieras. No obstante, la reconducción Presupuestaria se permitirá, exclusivamente dentro de un mismo Sector Presupuestario, a los efectos mencionados se considera Sector Presupuestario a los siguientes: Operación, Intereses de la Deuda, Transferencias, Erogaciones de Capital.
Que, teniendo en cuenta que para dar continuidad con el normal funcionamiento de la Administración Municipal debemos asignar fondos a cuentas que lo requieran, se modificarán partidas dentro del mismo sector presupuestario sin alterar el equilibrio del mismo;
Que, a los fines descriptos se hace necesario proceder a sancionar la norma legal respectiva;
ARTICULO 1º: Disminúyase el Sector Presupuestario EROGACIONES CORRIENTES, OPERACIÓN la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS MIL $25.500.000,00, en las siguientes partidas:
8.01.01.01.02.01.013.000.000228 INSUMOS DE INFORMÁTICA, MANTENIMIENTO $2.500.000.00 (dos millones quinientos mil).-
8.01.01.01.02.01.015.000.002118 MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE PAVIMENTO URBANO $16.000.000.00 (dieciseis millones).-
8.01.01.01.02.02.007.000.000308 PROGRAMAS INFORMÁTICOS $7.000.000.00 (siete millones)
Disminúyase el Sector Presupuestario TRANSFERENCIAS la suma de PESOS ONCE MILLONES $11.000.000,00, en la siguiente partida:
8.01.01.03.06.01.000.000.000698 DIETAS Y PERSONAL PERMANENTE $11.000.000.00 (once millones).-
Disminúyase el Sector Presupuestario EROGACIONES DE CAPITAL la suma de PESOS TRECE MILLONES $13.000.000,00, en la siguiente partida:
8.01.02.01.02.01.000.000.000858 CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN EDIFICIOS MUNICIPALES $1.000.000.00 (un millón).-
8.01.02.01.02.08.000.000.000928 ALUMBRADO PÚBLICO $12.000.000.00 (doce millones).-
ARTICULO 2º: Auméntase en el Sector Presupuestario EROGACIONES CORRIENTES, OPERACIÓN la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS MIL $25.500.000,00, en las siguientes partidas:
8.01.01.01.02.02.004.000.000278 HONORARIOS Y RETRIBUCIONES A TERCEROS $20.500.000.00 (veinte millones quinientos mil).-
8.01.01.01.02.02.020.000.000438 GASTOS FIESTA DE LA LECHE $5.000.000.00 (cinco millones).-
Auméntase en el Sector Presupuestario TRANSFERENCIAS, la suma de PESOS ONCE MILLONES $11.000.000,00, en las siguientes partidas:
8.01.01.03.01.02.000.000.000528 TALLERES Y CURSOS MUNICIPALES $4.000.000.00 (cuatro millones).-
8.01.01.03.02.02.000.000.000588 BANDA DE MÚSICA MUNICIPAL $7.000.000.00 (siete millones).-
Auméntase en el Sector Presupuestario EROGACIONES DE CAPITAL la suma de PESOS TRECE MILLONES $13.000.000,00, en la siguiente partida:
8.01.02.01.02.02.000.000.000868 CONSTRUCCIÓN DE Y AMPLIACIÓN DE PLAZAS, PARQUES Y PASEOS $12.000.000.00 (doce millones).-
8.01.02.01.02.07.000.000.000918 ARBOLADO PÚBLICO $1.000.000.00 (un millón).-
ARTICULO 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
FIRMANTES :