
Comisión Comunal
Ordenanza                                Nº 533
Alcantarilla Vialidad
VISTO : 
La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cual esta Comuna ejecutará los trabajos de construcción de una alcantarilla mediante la colocación de doble batería de tubos de 0,60 mts. de diámetro, y con la demolición y reconstrucción de la loza de calzada, sobre la Ruta Provincial 67-S, de la red vial Provincial, ubicada en el ámbito de su jurisdicción; y
CONSIDERANDO : 
Que los términos del convenio y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad por el pago de la construcción y los trabajos a realizar por la Comuna es razonable y compensa las inversiones a su cargo;
Que resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Presidente Comunal, Sr. Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, para que represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como asimismo percibir el monto que se establezca para tal fín;
Que a los fines de garantizar el cumplimiento del convenio correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para que supervisara los trabajos a realizar y para afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a la Comuna;
Que evaluando los beneficios que la ejecución de los trabajos brindará a la población toda;
ARTICULO 1º: Apruébase la concreción del Convenio entre esta Comuna de San Jerónimo Norterepresentada por su Presidente, Sr. Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº  6.257.029, y la Dirección   Provincial   de  Vialidad   para  la   construcción   de  una  alcantarilla mediante la colocación de doble batería de tubos de 0,60 mts. de diámetro, y con la demolición y reconstrucción de la loza de calzada, sobre la Ruta Pcial  Nº 67/S en  su  intersección  con  el  camino  comunal nº  23  de  esta  jurisdicción de San Jerónimo  Norte,  conforme  al  plan  de  trabajos  a  establecer de común acuerdo entre las partes.
ARTICULO 2º: Facúltase al Señor Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, Presidente Comunal de San Jerónimo Norte,  a  realizar  todos los actos necesarios para cumplimentar el  convenio  respectivo y a  la  percepción del monto certificado en función de lo establecido
ARTICULO 3º: Autorízase a la  Dirección  Provincial  de  Vialidad  para  afectar  los  fondos de Coparticipación  que  le  correspondan a la Comuna durante el ejercicio del año 2004, en el que se ejecutarán los trabajos,  a fin  de  resarcirse de los  perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio
ARTICULO 4º: Regístrese en el  Libro  de  Ordenanzas  y  Resoluciones  de  esta  repartición, comuníquese y archívese
FIRMANTES :