La necesidad de cubrir un aspecto fundamental de la localidad de San Jerónimo Norte, cual es la creación de un Tribunal de Faltas que dirima todas las cuestiones relativas a las infracciones, contravenciones o faltas, contra la normativa vigente en la localidad, y;
Que a los efectos de solucionar la necesidad invocada en el "Visto" es necesario contar con una estructura comunal que responda a dichos intereses;
Que corresponde determinar la creación de un Tribunal de Faltas con jurisdicción y competencia para dirimir todos los hechos que constituyan contravenciones, infracciones y/o faltas a la normativa Comunal plasmada o a plasmarse en el Código Comunal de Faltas;
Que, asimismo, y creado el Tribunal de Faltas de la localidad de San Jerónimo Norte, deberá procederse a la designación de las personas que ocupen la titularidad del mismo, su Secretaría y sus auxiliares y notificadores;
ARTICULO 1: Créase el Tribunal Comunal de Faltas con jurisdicción y competencia en el ámbito y territorio de la localidad de San Jerónimo Norte y destinado a la aplicación y ejecución de la normativa comunal vigente y que se establezca, en materia de faltas, contravenciones y/o infracciones que la Comuna determine.
ARTICULO 2: El Tribunal Comunal de Faltas de San Jerónimo Norte estará integrado por un Juez de Faltas, una Secretaria del Juzgado y un Oficina de notificaciones del mismo.
ARTICULO 3: Desígnase en el cargo de Juez de Faltas de San Jerónimo Norte al Dr. Juan José CALLEJO MARTINEZ, abogado, D.N.I. Nº 12.284.511, actual Asesor Letrado Comunal, invistiendo al mismo de la totalidad de derechos, facultades y atribuciones que le sean propias a su cargo y necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
ARTICULO 4: Desígnase como Secretaria del Tribunal de Faltas de San Jerónimo Norte a la Sra. Carolina Gladys ZURBRIGGEN, D.N.I. Nº 22.512.000 y personal de planta permanente de la Comuna de San Jerónimo Norte.
ARTICULO 5: Desígnase como Notificador ad hoc del Tribunal de Faltas de San Jerónimo Norte a la Srta. Andrea Soledad PERREN, D.N.I. Nº 23.758.055 y personal contratado de la Comuna de San Jerónimo Norte.
ARTICULO 6: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.
Modifica por : Ordenanza Nº 137
SAN JERONIMO NORTE
Sancionada: 23 de Diciembre de 2005
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