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Municipalidad de San Jerónimo Norte
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Comisión Comunal

Ordenanza Nº 385

Autorización a la Comuna de Llambi Campbell

VISTO

La Ordenanza Nº 369/2001 de esta Comuna que autoriza al Presidente Comunal a suscribir un Convenio de Subpréstamo con el gobierno de la Provincia de Santa Fe en el marco de la operatoria de financiamiento a municipios con recursos provenientes del "Fondo Municipal de Inversiones", y la Ordenanza Nº 376/2001 que dispone el llamado a Licitación Pública Nacional para la ejecución del proyecto "Adquisición de Equipamiento Informático" que fuera ejecutado con la coordinación y participación del Programa de Mejora de la Gestión Comunal "GESTIÓN LOCAL", Subsecretaría de Comunas, y ;

CONSIDERANDO

Que la licitación se realizó en el marco de la denominada "Convocatoria de Comunas 01/01, resultando conveniente, a los fines de simplificar y agilizar los procesos, designar una Comuna para que en representación de las demás Comunas convocantes formalice el contrato y reciba los fondos del préstamo y pague a proveedores;
Que a tales fines se propuso a la Comuna de Llambi Campbell, debiendo dictarse el acto administrativo por el cual esta autoridad delega sus atribuciones y la designa como responsable del proceso aludido;
Que, por otra parte y teniendo en cuenta que el crédito otorgado cubre el 90 % de la compra comunitaria, estando a cargo de las Comunas participantes el 10 % restante, debe autorizarse este pago a favor de la Comuna designada;

ARTICULO 1: Autorízase a la Comuna de Llambi Campbell, Departamento La Capital, para que en representación de esta comuna celebre los contratos respectivos y los pagos correspondientes al proveedor y/o proveedores que resulten adjudicatarios de la Licitación Pública Nacional para Adquisición de Equipamiento informático, en el marco de la denominada "Convocatoria de Comunas Nº 01/01".-

ARTICULO 2: Autorizar al Sr. Presidente Comunal a librar cheque por el monto de pesos Doscientos cincuenta y nueve con setenta ctvos. ($ 259,70.-) a favor de la citada Comuna, a fin de atender el 10 % de la compra que debe abonar esta administración.-

ARTICULO 3: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.-

FIRMANTES

  • JULLIER RAÚL MARTÍN (Presidente comunal)
  • EMMERT OMAR FEDERICO (Vicepresidente comunal)
  • TSCHIEDER CELIA MARÍA (Secretaria/o)
  • SALIM ALFREDO EDUARDO (Tesorero)
  • JACOB ROMILDO (Vocal)

SAN JERONIMO NORTE

Sancionada: 17 de Mayo de 2001