Departamento Ejecutivo

Decreto Nº 305

Adhesión a la Ley Provincial Nº 14.271 - beneficio a Bomberos Voluntarios

VISTO :

La Ley Provincial N° 14.271, sancionada por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe el 13 de junio de 2024 y promulgada mediante el Decreto N° 0915 del 2 de julio de 2024; y

CONSIDERANDO :

Que la mencionada ley establece el beneficio de la gratuidad en los trámites de emisión y renovación de la licencia de conducir para todo el personal integrante del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la Provincia.
Que, en su Artículo 2, la normativa provincial invita expresamente a las Municipalidades y Comunas a adherir a sus disposiciones, permitiendo así que el beneficio sea efectivo en las jurisdicciones locales.
Que la labor desempeñada por los Bomberos Voluntarios de San Jerónimo Norte representa un servicio de altruismo y abnegación incalculable, constituyendo un pilar fundamental en el sistema de seguridad pública, defensa y protección civil de nuestra comunidad.
Que los integrantes de este cuerpo arriesgan su integridad física de manera desinteresada para proteger la vida y los bienes de nuestros conciudadanos, interviniendo en siniestros, accidentes y emergencias de diversa índole con profesionalismo y vocación de servicio.
Que el uso de vehículos es una herramienta indispensable para el cumplimiento de sus funciones operativas, por lo que facilitar el acceso y la vigencia de sus licencias de conducir es un acto de estricta justicia social y reconocimiento estatal.
Que es voluntad de este Departamento Ejecutivo Municipal acompañar con acciones concretas el esfuerzo de los voluntarios, eliminando cargas administrativas y económicas que puedan pesar sobre quienes sirven a la comunidad sin recibir remuneración alguna.
Que, siguiendo el espíritu de la ley provincial, este municipio cuenta con las atribuciones necesarias para realizar las adecuaciones presupuestarias que garanticen la implementación de esta gratuidad a nivel local.

ARTICULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de San Jerónimo Norte a las disposiciones de la Ley Provincial N° 14.271, que establece la gratuidad en los trámites de emisión y renovación de la licencia de conducir para el personal del Cuerpo de Bomberos Voluntarios.

ARTICULO 2º: Establécese que, a partir de la vigencia del presente, el personal activo del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de San Jerónimo Norte, debidamente acreditado, quedará exento, en el ámbito del municipio, del pago de las tasas de actuaciones administrativas correspondientes a los trámites mencionados en el Artículo 1º, para las personas beneficiarias alcanzadas por la citada ley.

ARTICULO 3º: Establécese, además, que el costo del estampillado correspondiente al Colegio de Médicos, vinculado a los trámites mencionados para el personal referido en el Artículo 1º, será abonado por la Municipalidad.

ARTICULO 4º: Para acceder a la gratuidad, los solicitantes deberán acreditar su condición de Bombero Voluntario afectado al manejo de unidades mediante: a) Constancia emitida por la Asociación de Bomberos Voluntarios local o por la Federación Santafesina que certifique su pertenencia y situación de revista (p.ej., activo/activa), con una vigencia no mayor a 60 días. b) Documento Nacional de Identidad.

ARTICULO 5º: Autorizase a la Secretaría de Hacienda a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para absorber los costos derivados de la implementación del beneficio dispuesto en el artículo precedente.

ARTICULO 6º: Comuníquese, publíquese, notifíquese y archívese.

FIRMANTES :

DEVESA RONCHINO PAOLA ( Intendente. )

BORETTO IGNACIO ( Secretario de Gobierno )

SAN JERONIMO NORTE, Sancionada: 1 de Abril de 2026

Promulgada: 1 de Abril de 2026


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