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Municipalidad de San Jerónimo Norte
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Comisión Comunal

Ordenanza Nº 694

Resolución Reclamo Administrativo S. Clausen

VISTO

Lo dispuesto en Reunión de Comisión Comunal del día 07 de Marzo de 2007, Acta Nº 514; y,

CONSIDERANDO

Que conforme lo determinado en reunión de Comisión Comunal mencionada en el "Visto", punto "Dictamen Clausen - Kuchen", se resolvió, previa lectura del Dictamen emitido por el Sr. Asesor Letrado Comunal, Dr. Juan José Callejo, y en relación a una solicitud efectuada por la Abogada María Antonia Gomez en representación de los Sres. Daniel Clausen y María Soledad Nuñez, establecer que no existe mérito para considerar procedente el reclamo administrativo impetrado por los ut supra citados;
Que, por lo expuesto en el párrafo precedente, se ha resuelto rechazar "in limine" el reclamo administrativo: por pretendidos "daños y perjuicios" incoado por los Sres. Daniel Clausen y María Soledad Nuñez, contra - entre otros - la Comuna de San Jerónimo Norte, y ello dar por concluida ésta instancia administrativa:

ARTICULO 1: Procédase al rechazo "in limine" del reclamo administrativo, por supuestos daños y perjuicios, realizado por la Abogada María Antonia Gomez en representación de los Sres. Daniel Clausen y María Soledad Nuñez, contra - entre otros - la Comuna de San Jerónimo Norte, y con ello dar por concluida ésta instancia administrativa.

ARTICULO 2: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese en forma fehaciente a los reclamantes con copia de la presente y del dictamen del Asesor Letrado Comunal y archívese.

FIRMANTES

  • JULLIER RAÚL MARTÍN (Presidente comunal)
  • EMMERT OMAR FEDERICO (Vicepresidente comunal)
  • TSCHIEDER CELIA MARÍA (Secretaria/o)
  • WELSCHEN CARLOS ALBERTO (Tesorero)

SAN JERONIMO NORTE

Sancionada: 12 de Abril de 2007