Concejo Municipal

Ordenanza Nº 189

Convenio con la Dirección Provincial de Vialidad

VISTO :

La necesidad de simplificar los trámites respectivos, a los fines de suscribir con la Dirección Provincial de Vialidad, convenios que tengan como objetivo, la ejecución de trabajos de Conservación, Obras Completarías de la Red Vial Provincial y/o Reparación de Equipos Viales de Titularidad de la DPV;

CONSIDERANDO :

Que resulta necesario, a tenor del principio de inmediatez, la delegación de ejecución de los trabajos sobre la red vial provincial,
Que ello redundará, en una mejora en el servicio de las vías comunicacionales, y de esta manera generar una mayor fluidez en la circulación del tránsito, que permita el normal desarrollo del sistema productivo y usuarios en general de la región;
Que, para ello se hace necesario y/o conveniente, que este Honorable Consejo Municipal, otorgue facultades al Sr. Intendente Municipal, para que la represente y realice todos los actos necesarios para el fiel cumplimiento del objeto que la Dirección Provincial de Vialidad pretende delegar;
Que, así también, autorizar a percibir los importes derivados de las certificaciones respectivas por los trabajos realizados;
Que, ante las obligaciones que asume el Órgano Municipal, mediante la suscripción de los respectivos convenios, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a esta Municipalidad, en caso que fuera necesario resarcir por daños y perjuicios que pudieran suscitarse;
Que sin perjuicio de las facultades otorgadas a todos los efectos al Sr. Intendente Municipal, en pos de dar celeridad y continuidad a las gestiones administrativas con la Dirección Provincial de Vialidad y, ante la ausencia de la máxima autoridad municipal, resulta necesario delegar en la persona del Sr. Secretario de Gobierno la suscripción de los certificados correspondientes por trabajos realizados;
Que evaluados los beneficios que traerá aparejado la concreción de los trabajos sobre la red vial, la producción, los usuarios y el interés público;

ARTICULO 1º: Facúltase al Señor Intendente de la Municipalidad de San Jerónimo Norte, a realizar todos los actos necesarios para la instrumentación del o los convenios, y sus respectivas prórrogas y/o sus derivaciones con la Dirección Provincial de Vialidad, en cumplimiento de la ejecución de los trabajos de Conservación, Obras Complementarias de la Red Vial Provincial y/o Reparación de Equipos Viales de Titularidad de la Dirección Provincial de Vialidad, según el plan a establecerse de común acuerdo entre partes; y a la suscripción y percepción de los montos de certificaciones como contraprestación de los trabajos realizados.

ARTICULO 2º: Autorízase al Sr. Secretario de Gobierno y/o a quien el Sr. Intendente Municipal designe, a suscribir las respectivas certificaciones por los trabajos realizados.

ARTICULO 3º: Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a utilizar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad, en caso de que fuera necesario resarcirse por daños y perjuicios que le pudiere ocasionar.

ARTICULO 4º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese, Notifíquese y Archívese.

FIRMANTES :

SALZMANN FEDERICO HUGO ( Presidente del Honorable Concejo Municipal )

ZENCLUSSEN MONICA ANDREA ( Secretaria del Honorable Concejo Municipal )

SAN JERONIMO NORTE, Sancionada: 26 de Marzo de 2026

Promulgada: 30 de Marzo de 2026


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