
Comisión Comunal
Ordenanza                                Nº 908
Iluminación Ruta 250 - S
VISTO : 
La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, para lo cual esta Comuna se compromete a efectuar la Obra: "Construcción Sistema de Iluminación de Ruta Provincial Nº 250-S", de la localidad de San Jerónimo Norte, en el marco del Programa de Descentralización Vial, durante el año 2010, y;  
CONSIDERANDO : 
Que los términos del Convenio y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de las obras a realizar por la Comuna, son razonables y compensan las inversiones a su cargo;  
Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Presidente Comunal de SAN JERONIMO NORTE, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como también a percibir el monto que se establezca;  
                                    Que a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los Fondos de Coparticipación que le corresponden a la Comuna;    
                                     Que la ejecución de la obra  brindará beneficios imponderables a todos los habitantes de la zona;      
ARTICULO 1º: Apruébase la formalización de un  Convenio entre esta Comuna y la Dirección
 Provincial de Vialidad,  para lo cual esta Comuna se compromete a ejecutar la   Obra: "Construcción Sistema de Iluminación de Ruta Provincial Nº 250-S", de la localidad de San Jerónimo Norte, en el marco del Programa de Descentralización Vial, durante el año 2010.- 
ARTICULO 2º: Autorizar al Presidente Comunal, Señor Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, a suscribir  el  respectivo  Convenio  como  también a  realizar  todos  los   actos necesarios  para  el  cumplimiento  del  mismo  y  la  percepción  del  monto establecido.-
ARTICULO 3º: Apruébase la inversión que deberá realizar la Comuna de acuerdo a la Ley 2439.-
ARTICULO 4º: Autorízase  a  la  Dirección  Provincial  de Vialidad  a  afectar  los  fondos  de 
   Coparticipación que le correspondan a la Comuna de San Jerónimo Norte, a 
    fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiera ocasionar el cumplimiento del Convenio.-
ARTICULO 5º: Regístrese  en  el  Libro  de  Ordenanzas  y  Resoluciones de esta  repartición, comuníquese y archívese.-
FIRMANTES :