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Municipalidad de San Jerónimo Norte
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Departamento Ejecutivo

Decreto Nº 201

Reemplaza Unidad Comunal de Medida (UCM) por Unidad Fija (UF)

VISTO

La ordenanza Nº 1580 de fecha 11 de septiembre de 2019, y;

CONSIDERANDO

Que el artículo 5º de la misma, establece que las personas que transgredan dicha ordenanza, serán sancionadas con multas que oscilarán entre 50,00 UCM ( cincuenta unidades comunales de medida ) y 500,00 UCM ( quinientas unidades comunales de medida );
Que no existe referencia alguna, que permita determinar el valor en pesos de la unidad comunal de medida;
Que a raíz de ello se dificulta la aplicación de las sanciones normadas en la ordenanza mencionada en el visto de la presente;
Que por otra parte, aún existe normativa sin sistematizar que hace referencia a la unidad comunal de medida;
Que la Municipalidad de San Jerónimo Norte, a través de la Ordenanza Nº 141 de fecha 28 de febrero de 2024, adhirió a la Ley Provincial de Tránsito Nº 13.133/2010, sus leyes modificatorias y ampliatorias y decretos reglamentarios;
Que dentro de las disposiciones establecidas en las leyes mencionadas en el párrafo anterior, se estipula que el valor de las multas se determina en U.F. ( unidades fijas ), cada una de las cuales equivale al 50 % del precio de venta al público de un litro de nafta especial;

ARTICULO 1: Dispónese que a los fines de aplicar sanciones reguladas en toda la normativa vigente de la Municipalidad de San Jerónimo Norte, el valor de las multas expresadas en UCM ( unidades comunales de medida ), será reemplazo por el valor de las denominadas U.F. ( unidades fijas ), las cuales equivalen al 50 % del precio de venta al público de un litro de nafta especial.

ARTICULO 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.     

FIRMANTES

  • DEVESA RONCHINO PAOLA (Intendente.)
  • SANTUCCI LAURA PATRICIA (Secretaria de Gobierno)

SAN JERONIMO NORTE

Sancionada: 25 de Septiembre de 2024

Promulgada: 25 de Septiembre de 2024