Departamento Ejecutivo

Decreto Nº 244

Aprobación Proyecto de ampliación Favre Aberturas Parque Industrial

VISTO :

La Ordenanza del Parque Industrial San Jerónimo Norte N° 45/2020 sancionada el 1° de octubre de 2020 y promulgada el 2 de octubre de 2020, y el reconocimiento del Parque Industrial de San Jerónimo Norte por Resolución Provincial Nº 102 de fecha 30 de Junio de 2020 y la inscripción en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI) según Decreto 716/2020 Resolución Reglamentaria Nº 150/2020 de fecha 6 de Noviembre de 2020, y;

CONSIDERANDO :

Que, en épocas de crisis económica como la que estamos viviendo, en donde la posibilidad de empleo se ve afectada notablemente, debemos ser capaces de generar ideas y proyectos sustentables en el tiempo que nos permitan crear fuentes de trabajo genuinas;
Que, se debe facilitar la integración y complementación de las actividades industriales en aspectos productivos, técnicos y comerciales, propiciando la reducción de los costos de inversión en infraestructura y servicios, alentando los procesos de capacitación de recursos humanos, empresarios y laborales, y el crecimiento del empleo industrial por medio de acciones comunes;
Y, lo establecido en el Dictamen Nº 15/25 de la Comisión Consultiva;

ARTICULO 1º: Apruébase el Proyecto Industrial (ampliación) dedicado a la fabricación de puertas placas y la necesidad de instalar una nueva máquina automática que requerirá mayor espacio para el almacenaje y la logística interna del proceso productivo por el Sr Guillermo Favre, según lo establecido en el Dictamen Nº 15/25 de la Comisión Consultiva.

ARTICULO 2º: Adjudíquese al señor Guillermo Favre, la Unidad Industrial N° 63 según Expte. 242/2021.

ARTICULO 3º: Autorizase la venta según lo establecido en el artículo 4 del Anexo II - Precio y condiciones de venta de las parcelas del Parque Industrial, de la Ordenanza Nº45/20.

ARTICULO 4º: Instruméntese el correspondiente boleto de compraventa según lo establecido en la Ordenanza Nº45/2020 -Anexo IV- Modelo tipo de boleto compraventa.

ARTICULO 5º: Otórgase la escritura traslativa de dominio, cuando la compradora haya ejecutado y puesto en marcha el proyecto que motivó la aprobación de la radicación, se corrobore que no se registre deuda por el precio total y esté habilitado por la Municipalidad de San Jerónimo Norte en cumplimiento con las normativas que regulan el Parque Industrial.

ARTICULO 6º: Regístrese, Comuníquese y Archívese.

FIRMANTES :

DEVESA RONCHINO PAOLA ( Intendente. )

SANTUCCI LAURA PATRICIA ( Secretaria de Gobierno )

ZURBRIGGEN ESTEBAN JOAQUIN ( Secretario de Hacienda, Finanzas y Recursos Humanos )

SAN JERONIMO NORTE, 23 de Mayo de 2025


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