Departamento Ejecutivo

Decreto Nº 258

Apertura Libro de Oposición calle MARIANO MORENO entre Regina Blatter y Pedro Perrig

VISTO :

Que por ordenanza N° 179, sancionada el 28 de agosto de 2025, se aprobó el Proyecto de Ejecución de obra de Pavimento a realizarse bajo el régimen de Contribución y mejoras de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comunas N° 2.756 y las ordenanzas reglamentarias vigentes;
Que, a solicitud de los vecinos que han efectuado un pedido al municipio se decidió comenzar con las primeras nuevas calles del radio urbano de nuestra localidad comprendidas en el detalle de la ordenanza mencionada, a saber: Calle MARIANO MORENO, entre Regina Blatter y Pedro Perrig, y;
Que, dicha ordenanza, en su artículo N° 5 habilitó el Registro de Oposición a la obra de pavimentación urbana mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal;

CONSIDERANDO :

Que la pavimentación de calles es una obra pública de necesidad e interés general para los vecinos frentistas y para el progreso de la comunidad, y es una inversión estratégica fundamental para consolidar la infraestructura vial de la ciudad, contribuyendo a cerrar anillos urbanos, mejorar la conectividad de barrios y dotar de accesibilidad segura a sectores aún consolidados con calles ripiadas;
Que la apertura de un libro de oposición no es un mero formalismo administrativo, sino una herramienta legal fundamental que sirve al modelo de obra pública por "contribución de mejoras";
Que el propósito principal del registro de oposición es someter el proyecto de obra al consenso de los vecinos frentistas que deberán costear la obra y asegurar que están de acuerdo con la ejecución de la misma y con el sistema de financiación propuesto;
Que los vecinos afectados fueron convocados a una reunión realizada el día 12 de septiembre de 2025, donde se le informó las factibilidades técnicas y económicas para la ejecución de la obra, como la posibilidad de oponerse a la obra.

ARTICULO 1º: Dispóngase la apertura del Libro de Oposición de la obra de ejecución de pavimento de hormigón de la calle MARIANO MORENO, entre Regina Blatter y Pedro Perrig, a partir del día 12 de septiembre de 2025, por el término de 15 días hábiles, a los efectos de que los contribuyentes que no estuvieran de acuerdo con la ejecución de dicha obra puedan manifestar su disconformidad, firmando el referido registro. Dicho libro permanecerá abierto en la mesa de Entradas del Recinto Municipal, de lunes a viernes en el horario de 7:00 a 12.30 horas.

ARTICULO 2º: El costo de la obra será prorrateado entre los frentistas beneficiados y se determinará en base al costo total de la obra. Además, para la determinación del costo por metro lineal de frente, se tomarán como referencia los valores actualizados que establezca la Dirección General de Pavimentos Urbanos de la Secretaría de Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe al momento de la liquidación final de la obra.

ARTICULO 3º: El pavimento a construir será ejecutado con hormigón H30, contando con un ancho de calzada de ocho metros con cuarenta centímetros (8,40 mts), con un espesor de diecisiete centímetros (0,17 mts), y con sus correspondientes cordones. Los propietarios de los inmuebles frentistas de la obra estarán obligados al pago de la misma, en proporción a la extensión lineal del frente de sus respectivas propiedades.

ARTICULO 4º: El costo actual por metro lineal de frente del pavimento, ha sido establecido en la suma de Pesos ciento ochenta y dos mil con noventa y uno ($182.091).

ARTICULO 5º: A los frentistas afectados se le determinará el costo total de la obra de acuerdo a los metros lineales de frente y la cantidad de cuotas elegidas para cancelar la obra, de acuerdo a los siguientes planes:
1-     Costo por metro contado (1 a 3 cuotas) $ 182.091
2-     Costo por metro en 12 cuotas: $ 191.195
3-     Costo por metro en 24 cuotas: $ 200.754
4-     Costo por metro en 36 cuotas: $ 210.792
5-     Costo por metro en 48 cuotas: $ 221.332
6-     Costo por metro en 60 cuotas: $ 232.399
El costo total de la mejora se determinará multiplicando el valor del metro lineal de pavimento, según el plan elegido, por la cantidad de metros de frente que posea la propiedad del contribuyente. El importe de cada cuota surge de dividir el costo total por la cantidad de cuotas. El valor de las cuotas variará mensualmente de acuerdo al índice de construcción establecido por INDEC. Además de ello se deja establecido que los contribuyentes que no abonen la obra de Contado (1 a 3 cuotas), tendrán un incremento en conceptos de gastos bancarios, financieros, administrativos, de recaudación y de emisión, equivalente al cinco (5) por ciento anual. -

ARTICULO 6º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.

FIRMANTES :

DEVESA RONCHINO PAOLA ( Intendente. )

SANTUCCI LAURA PATRICIA ( Secretaria de Gobierno )

ZURBRIGGEN ESTEBAN JOAQUIN ( Secretario de Hacienda, Finanzas y Recursos Humanos )

BORETTO IGNACIO ( Secretario de Servicios Públicos, Zona Rural y Control )

SAN JERONIMO NORTE, 12 de Septiembre de 2025


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