
Comisión Comunal
Ordenanza                                Nº 1505
FONAVI - ADELANTO
VISTO : 
Visto el expediente 15201-0189585-3,   tramitado ante  la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo; 
CONSIDERANDO : 
Que,  en el mencionado convenio se reconocen por parte de la D.P.V. y U.  la redeterminación de precios por mayores costos - plan 7018, donde se compromete a transferir la suma de un millón doscientos setenta y nueve mil trescientos treinta y tres ( $ 1.279.333,00) a favor de la Comuna, la que recibirá  un anticipo financiero para la ejecución de la obra, y en  la medida que se avanza la construcción de las viviendas, previo certificado de la Dirección, se van recibiendo depósitos para proseguir con cada una de las etapas;
Que, habitualmente las remesas enviadas por la D.P.V. y U. son extemporáneas al avance de obra o no coinciden exactamente con los montos a ejecutar,    en lo que  refiere a mano de obra y materiales, siendo necesario conseguir  alternativas de financiamiento para proseguir con la realización y ejecución del plan en tiempo y forma;
Que,  además el país se encuentra atravesando períodos de alta inflación, lo que con seguridad los costos reales a través del tiempo serán superiores a los estimados en la redeterminación; 
Que, esta comisión comunal a procedido a evaluar distintas situaciones que se presentan en la administración comunal a nivel económico y financiero, 
Que, frecuentemente   se verifica  la existencia de fondos en cuentas bancarias de rentas generales de la Comuna de San Jerónimo Norte  que no se encuentran comprometidos a corto plazo;
Que, para estabilizar financieramente los planes de vivienda de construcción "en lote propio"  es  conveniente transferir fondos de las cuentas de  rentas generales  por un breve plazo a las cuentas del plan mencionado; 
Que el tema ha sido tratado y analizado por la Comisión Comunal en reunión celebrada el día 25 de Julio de 2018, según consta en acta nro. 779.
ARTICULO 1º: Cuando los fondos de dinero existentes en las cuentas de Rentas  Generales de la Comuna lo permitan sin comprometer el normal desenvolvimiento de la repartición y la necesidad lo requiera, dispónese transferir  hasta  la suma de pesos doscientos  mil ($ 200.000,00) al plan de vivienda en lote propio, a las cuentas existentes de estos planes  en el nuevo Banco de Santa Fe Sucursal San Jerónimo Norte,  restituyéndose dicha suma de dinero  con el ingreso de la  remesas que remita la  D. P. V. y U. para  dicho plan.-
ARTICULO 2º: Notifíquese a la administración comunal.-
ARTICULO 3º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones, comuníquese y      archívese.-
FIRMANTES :