
Comisión Comunal
Ordenanza Nº 247
Afectar dos terrenos
VISTO :
La formalización del Contrato de Obra Pública a suscribir entre esta Comuna de San Jerónimo Norte y la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción en esta localidad de catorce (14) viviendas por "Administración Comunal" correspondientes al Plan 3079;
CONSIDERANDO :
Que, la Ley nº 5188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, en sus Artículos 41 y  68 obliga a constituir garantías, ya sea del cumplimiento del contrato como de sustitución del fondo de reparo equivalente al 5 % del monto de cada certificado de obra;
Que, mediante el Decreto n º 1698/84, ratificado por el n º 1007/85, se crea un sistema que permite a las Comunas y Municipalidades afectar el fondo de coparticipación Provincial como garantía de los rubros señalados, siendo necesario el dictado del acto administrativo correspondiente;
Que, por Resolución n º 3873 de fecha 23 de Diciembre de 1996, la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, en su artículo 3 º dispone que previa la suscripción del Contrato de Obra se deberá presentar una Ordenanza Comunal que autorice al Presidente de la repartición a formalizarlos;
ARTICULO 1º: Autorizase al Señor Presidente Comunal, Arq. Don HECTOR CARLOS SATTLER, y al Tesorero Comunal , Don ROMILDO ERNESTO JACOB, a firmar el Contrato de Obra Pública respectivo con la DIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO para la construcción de Catorce (14)Viviendas por "Administración Comunal" correspondiente al Plan 3079, par a esta Localidad de San Jerónimo Norte, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.
ARTICULO 2º: Adhiérase la Comuna de San Jerónimo Norte al sistema creado por el Decreto n º 1698/84 ratificado por el nº 1007/85 para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de obra pública a suscribir con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.
ARTICULO 3º: Regístrese en el libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.
FIRMANTES :