Concejo Municipal

Ordenanza Nº 193

Obras Menores 2026

VISTO :

La Ley Provincial N° 12.385, que creó y regula el Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas de la Provincia de Santa Fe, cuya finalidad fue modificada por sucesivas leyes;
La asignación de fondos correspondiente al Municipio de San Jerónimo Norte para el Año 2026, establecida en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 233.004.380,50), en el marco de la referida Ley;
El Proyecto denominado "Plan Estratégico de Conectividad Vial e Infraestructura de Accesos" elevado por la Secretaría de Obras, Producción y Viviendas de la Municipalidad con fecha 10 de abril de 2026;
La Declaración Jurada de No Existencia de Obra, de fecha abril de 2026, suscripta por la Sra. Intendenta Municipal y el Responsable Técnico a cargo del Proyecto, mediante la cual se certifica la inexistencia de ejecución previa en los sectores a intervenir;
La documentación técnica obrante, compuesta por memorias descriptivas y técnicas, cómputos métricos, presupuestos, planos, cronograma de ejecución, curva de inversión y relevamiento fotográfico de los sectores a intervenir, y;

CONSIDERANDO :

Que el proyecto presentado se enmarca en un Plan Estratégico de Conectividad Vial e Infraestructura de Acceso, orientado a jerarquizar los ingresos a la localidad de San Jerónimo Norte y consolidar un sistema de movilidad moderno, seguro y eficiente;
Que la intervención contempla la repavimentación integral de la calzada Este del Acceso Sur, actualmente en estado de deterioro avanzado, con presencia de fisuras estructurales, inestabilidad de base y condiciones que afectan negativamente la transitabilidad y la seguridad vial;
Que dicha situación genera riesgos concretos tanto para el tránsito liviano como para el transporte de cargas pesadas, incrementando la siniestralidad vial y los costos operativos del sistema logístico local;
Que el proyecto prevé la ejecución de una nueva estructura de pavimento rígido de hormigón elaborado tipo H30, diseñada específicamente para soportar tránsito pesado intensivo, garantizando durabilidad, seguridad hidráulica y óptimas condiciones de circulación;
Que, complementariamente, se proyecta la construcción de una ciclovía de doble sentido de circulación, con una longitud aproximada de 1.440 mts. y un ancho de 2,50 mts., destinada a vincular el ejido urbano con el Polo Industrial (Microemprendimiento Nº 2);
Que la incorporación de esta infraestructura de movilidad sustentable permitirá segregar físicamente el tránsito ciclista del tránsito vehicular pesado, eliminando puntos críticos de conflicto y reduciendo significativamente los riesgos de accidentes;
Que el proyecto responde a una demanda creciente de la población que utiliza la bicicleta como medio de transporte cotidiano hacia sus lugares de trabajo, así como para actividades recreativas y deportivas, constituyéndose en una política pública de promoción de la movilidad sustentable;
Que la ejecución de la ciclovía incluye además la provisión de iluminación LED, señalización y demarcación, garantizando condiciones de seguridad tanto diurnas como nocturnas;
Que el costo total actualizado del proyecto asciende a PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y DOS ($ 249.563.182,00);
Que el financiamiento solicitado en el marco de la Ley N° 12.385 asciende a PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 233.004.380,50), previéndose un aporte local de PESOS DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS UNO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 16.558.801,50);
Que la ejecución del Proyecto se realizará mediante la contratación de terceros para las tareas que así lo requieran, conforme la normativa vigente en materia de compras y contrataciones, pudiendo complementarse con ejecución por administración municipal en aquellas etapas que resulten técnicamente viables;
Que la concreción de la obra generará impactos altamente positivos, tales como la mejora sustancial de la seguridad vial, la optimización del flujo logístico hacia el sector industrial, la valorización urbana de los accesos a la ciudad, la promoción de hábitos saludables y el fortalecimiento del desarrollo productivo local;
Que la iniciativa se encuentra plenamente alineada con los objetivos de desarrollo estratégico del Municipio y con las finalidades previstas en la Ley Provincial N° 12.385;

ARTICULO 1º: AFECTAR los fondos asignados a la Municipalidad de San Jerónimo Norte para el Año 2026, en el marco de la Ley Provincial N° 12.385, que ascienden a PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON CINCUENTA CENTAVOS ($233.004.380,50), a la financiación parcial del Proyecto denominado "Plan Estratégico de Conectividad Vial e Infraestructura de Accesos", cuyo costo total actualizado es de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y DOS ($ 249.563.182,00).

ARTICULO 2º: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las acciones y gestiones necesarias para la ejecución del Proyecto, incluyendo la contratación de terceros conforme la normativa vigente en materia de compras y contrataciones, así como la ejecución por administración municipal de aquellas etapas que resulten técnicamente viables.

ARTICULO 3º: COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial a través de la Secretaría de Gobierno de Municipios y Comunas, PROMÚLGUESE, PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.

FIRMANTES :

SALZMANN FEDERICO HUGO ( Presidente del Honorable Concejo Municipal )

ZENCLUSSEN MONICA ANDREA ( Secretaria del Honorable Concejo Municipal )

SAN JERONIMO NORTE, Sancionada: 14 de Mayo de 2026

Promulgada: 15 de Mayo de 2026


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