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Municipalidad de San Jerónimo Norte
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Comisión Comunal

Ordenanza Nº 225

Administradora de los Fondos del Plan Comunal de Viviendas

VISTO

Las Actas de Comisión Comunal nº 249, nº 259 y nº 262, y;

CONSIDERANDO

Que, se llevó a cabo el Plan Comunal de Viviendas nº l, por haberse reunido los interesados y formar el grupo necesario para su funciona1niento;
Que, los particulares deberán aportar el terreno donde se realizará la construcción de la vivienda y abonarán cien (l00) cuotas mensuales de Pesos Ciento setenta ($170) cada una siendo el costo de la vivienda de Pesos Diecisiete mil ($17.000);
Que, las viviendas se construirán de acuerdo al plano tipo presentado por el Arq. Carlos Ilschinchen;
Que el sistema de adjudicación es por sorteos públicos realizados cada dos meses;
Que, la Comuna cumple el rol de administradora de los fondos del plan;

ARTICULO 1: Nombrar a la comuna de San Jerónimo Norte administradora de los fondos aportados por los adherentes del Plan Comunal de Viviendas nº 1.

ARTICULO 2: En caso que un adherente adjudicado por sorteo, al cual se le haya construido la vivienda en su terreno y deba más de sesenta (60) cuotas para satisfacción de dicha deuda, deberá constituirse Hipoteca de primer grado a favor de la Comuna de San Jerónimo Norte en su calidad de Administradora.

ARTICULO 3: Quedara autorizada la Comuna de San Jerónimo Norte, representada por su presidente, secretario y tesorero, a firmar las escrituras de hipotecas correspondientes.

ARTICULO 4: Regístrese en el libro de Ordenanzas y Resoluciones de la Comuna, comuníquese y archívese.

FIRMANTES

  • SATTLER HECTOR C. (Presidente comunal)
  • IMWINKELRIED ANALIA BEATRIZ (Vicepresidente comunal)
  • KUCHEN DARDO CELESTINO (Secretaria/o)
  • JACOB ROMILDO ERNESTO (Tesorero)
  • FERRERO ADELA MARGARITA CATALINA (Vocal)

SAN JERONIMO NORTE

Sancionada: 18 de Abril de 1996

Promulgada: 18 de Abril de 1996