
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 37
Vialidad Programa de Fortalecimiento Vial Urbano
VISTO :
La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual esta Municipalidad se compromete a ejecutar la OBRA: "MEJORADO EN CALLES" de la ciudad de SAN JERÓNIMO NORTE, durante el ejercicio 2020, de acuerdo al Cómputo y Presupuesto realizado por Vialidad y;
CONSIDERANDO :
Que los términos del Convenio y el Presupuesto ofrecidos por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de las obras a realizar por la Municipalidad de San Jerónimo Norte son razonables y compensan las inversiones a su cargo;
     Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio para lo cual es conveniente otorgar facultades al Intendente de la Municipalidad Sr. Carlos Daniel Volpato, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento como así también a percibir la correspondiente certificación que resulte del convenio suscripto;
     Que, a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad;
     Que la ejecución de la obra brindará beneficios imponderables a todos los habitantes de la zona;
ARTICULO 1º: Apruébese la formalización de un Convenio entre esta Municipalidad y la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual esta Municipalidad se compromete a ejecutar la OBRA: "MEJORADO EN CALLES" de la ciudad de SAN JERÓNIMO NORTE, durante el ejercicio 2020, de acuerdo al Cómputo y Presupuesto realizado por la Dirección Provincial de Vialidad.
ARTICULO 2º: Autorízase al Intendente Municipal, Sr. Carlos Daniel Volpato, D.N.I. N° 16.237.975, a suscribir el respectivo Convenio como también a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y la percepción del monto establecido.
ARTICULO 3º: Apruébese la inversión que deberá realizar la Municipalidad de acuerdo a la Ley Nº 2.756
ARTICULO 4º: Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad de San Jerónimo Norte a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiera ocasionar el incumplimiento del Convenio.
ARTICULO 5º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese, Notifíquese y Archívese.
FIRMANTES :