
Departamento Ejecutivo
Decreto Nº 212
Modificación Presupuestaria
VISTO :
La Ordenanza de Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculos de Recursos N° 144/2024, sancionada en fecha 14 de Marzo 2024, y promulgada en fecha 15 de Marzo 2024, y;
CONSIDERANDO :
Que, el artículo 5° de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer o aprobar modificaciones presupuestarias que impliquen incrementos en los gastos corrientes en detrimentos de los gastos de capital o las aplicaciones financieras. No obstante, la reconducción Presupuestaria se permitirá, exclusivamente dentro de un mismo Sector Presupuestario, a los efectos mencionados se considera Sector Presupuestario a los siguientes: Operación, Intereses de la Deuda, Transferencias, Erogaciones de Capital.
Que, teniendo en cuenta que para dar continuidad con el normal funcionamiento de la Administración Municipal debemos asignar fondos a cuentas que lo requieran, se modificarán partidas dentro del mismo sector presupuestario sin alterar el equilibrio del mismo;
Que, a los fines descriptos se hace necesario proceder a sancionar la norma legal respectiva;
ARTICULO 1º: Disminúyase el Sector Presupuestario EROGACIONES CORRIENTES la suma de PESOS DIEZ MILLONES $10.000.000,00, en las siguientes partidas:
8.01.01.01.02.01.005.000.000148 REPUESTOS Y CONSERVACIÓN DE MAQUINARIAS $2.000.000 (dos millones).-
8.01.01.01.02.01.008.000.000178 MANTEIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES PÚBLICOS $4.000.000,00 (cuatro millones).-
8.01.01.01.02.02.002.000.000258 COMUNICACIONES, TELEFONÍA E INTERNET $4.000.000 (cuatro millones).-
Disminúyase el Sector Presupuestario TRANSFERENCIAS la suma de PESOS DIEZ MILLONES $10.000.000,00, en las siguientes partidas:
8.01.01.03.01.01.000.000.000518 ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA $2.000.000 (dos millones).-
8.01.01.03.02.03.000.000.000598 MUSEO MUNICIPAL $2.000.000 (dos millones).-
8.01.01.03.03.02.000.000.000628 OTRAS INSTITUCIONES DE SERVICIO $1.000.000 (un millón).-
8.01.01.03.04.01.000.000.000638 SUBSIDIOS P/ATENCION DE SALUD MEDICAMENTOS Y TRASLADO $3.000.000 (tres millones).-
8.01.01.03.04.04.000.000.0002138 APORTE ATENCIÓN SALUD $2.000.000 (dos millones).-
Disminúyase el Sector Presupuestario EROGACIONES DE CAPITAL la suma de PESOS OCHO MILLONES $8.000.000,00, en las siguientes partidas:
8.01.02.01.02.02.000.000.000868 CONSTRUCCION Y AMPLIACIÓN PLAZAS, PARQUES Y PASEOS $8.000.000 (OCHO MILLONES).-
ARTICULO 2º: Auméntase en el Sector Presupuestario EROGACIONES CORRIENTES la suma de PESOS DIEZ MILLONES $10.000.000,00, en las siguientes partidas:
8.01.01.01.01.08.000.000.000088 ART-SEGUROS $1.000.000,00 (un millón).-
8.01.01.01.02.01.003.000.000128 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES $7.000.000,00 (siete millones).-
8.01.01.01.02.02.001.000.000248 ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA $2.000.000 (dos millones).-
Auméntase en el Sector Presupuestario TRANSFERENCIAS la suma de PESOS DIEZ MILLONES $10.000.000,00, en las siguientes partidas:
8.01.01.03.06.01.000.000.000698 DIETAS Y PERSONAL PERMANENTE $7.000.000 (siete millones).-
8.01.01.03.02.04.000.000.000608 OTRAS INVERSIONES EN EDUCACION Y CULTURA $1.000.000 (un millón).-
8.01.01.03.06.03.000.000.000718 CONTRIBUCIONES PATRONALES CAJA JUBILACIONES $1.500.000 (un millón quinientos).-
8.01.01.03.06.04.000.000.000728 CONTRIBUCIONES PATRONALES OBRA SOCIAL $500.000 (quinientos mil).-
Auméntase en el Sector Presupuestario EROGACIONES DE CAPITAL en la suma de PESOS OCHO MILLONES $8.000.000,00, en las siguientes partidas :
8.01.02.01.02.03.000.000.000878 OBRAS DESAGÜES, CANALIZACIÓN $ 4.000.000,00 (cuatro millones).-
8.01.02.01.02.19.000.000.002168 INFRAESTRUCTURA LOTES CON DESTINO A VIVIENDAS $3.000.000,00 (tres millones).-
8.01.02.01.02.23.000.000.002578 MEJORADO CAMINOS URBANOS Y SUBURBANOS $1.000.000,00 (un millón).-
ARTICULO 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
FIRMANTES :