Concejo Municipal

Ordenanza Nº 139

Fondo Obras Menores aplicadas a gastos corrientes

VISTO :

La reciente sanción de la Ley de N° 14.236; y teniendo en miras la existencia de la ley 12.385 y sus Decretos Reglamentarios;

CONSIDERANDO :

Que la Ley autoriza en su artículo 1 y 2 a los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe a afectar, por el plazo de 60 días, los saldos pendientes de solicitud o de pago, cualquiera sea su estado habido desde la creación del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados hasta el 31 de diciembre de 2023, según Ley Nro. 12386 y modificatorias, para ser aplicados a gastos corrientes;
                Que teniendo en miras que la Municipalidad de San Jerónimo Norte posee fondos disponibles dentro de la asignación correspondiente al (período 2021/2022 y 2023) de la ley 12.385, por no haber sido utilizados;
           Que la actual situación económica-financiera, que no difiere de la que padece la Provincia de Santa Fe, aconseja solicitar los beneficios que concede el artículo 1y 2 ° de la Ley N° 14.236;

ARTICULO 1º: Solicítese a la Secretaría de Gobierno, Municipios y Comunas del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, se asigne a la Municipalidad de San Jerónimo Norte el importe de $ 5.265.377 por el año 2021; más $3.215.858,49 por el año 2022 y $7.641.502,74 por el año 2023 en virtud de la Ley 12.385 le corresponde a la Municipalidad para los períodos consignados, 2021, 2022 y 2023 el total de $16.122.738,23, para ser afectados a gastos corrientes en el marco del artículo 1 y 2 ° de la Ley N° 14.236 y su reglamentación

ARTICULO 2º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese, Notifíquese y Archívese.

FIRMANTES :

CASCO ANDREA SOLEDAD ( Presidente del Honorable Concejo Municipal )

SINIEVICZ JORGELINA ALEJANDRA ( Secretaria del Honorable Concejo Municipal )

SAN JERONIMO NORTE, 29 de Diciembre de 2023


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