Comisión Comunal

Ordenanza Nº 858

Autorización Cooperativa de Agua Potable - cobro especial

VISTO :

Que el Consejo de Administración de la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Ltda.. ha tomado la decisión de efectuar la renovación de la red de abastecimiento de agua potable en esta localidad de San Jerónimo Norte, mediante el reemplazo de las cañerías de asbesto cemento (Aº Cº), conjuntamente con las válvulas esclusas de bronce hoy obsoletas por el paso del tiempo, por nuevas cañerías de P.V.C. clase 6 y tramo inicial de Dº 0,160, renovación de conexiones domiciliarias, etc.; y,

CONSIDERANDO :

Que con fecha 14 de Mayo de 2009, el Consejo de Administración ha presentado una solicitud conjuntamente con el plan de trabajos para el presente año, mediante el cual se contempla realizar, como prueba el reemplazo de la cañería de Aº Cº en el sector Oeste, de las calles 15 de Agosto, Guillermo Tell y Belgrano, agregado las tareas de un sistema de cierre en anillo, con válvulas en cada nudo para el seccionamiento de la red de distribución;
Que dicho plan de trabajos para el 2009 fue aprobado por la Comuna de San Jerónimo Norte, como poder concedente, a través del dictado de la Ordenanza Nº 837/09 de fecha 27 de Mayo de 2009;
Que la ejecución de los trabajos efectuados en el sector Oeste de la localidad a cargo de la Cooperativa de Agua Potable Y Otros Servicios Públicos Ltda., fueron realizados como se habían planificado en tiempo y forma, no surgiendo mayores problemas y obteniendo los resultados esperados, tanto en la parte de materiales como en la ejecución de la mano de obra, dado que una vez evaluados los resultados de la obra, incentivó a los dirigentes del Consejo de Administración para ejecutar la obra completa que consiste en el reemplazo de 18.500 metros de cañería de asbesto Cemento, con el agregado de los otros trabajos;
Que atento a ello, el Consejo de Administración de la Cooperativa ha convocado a una Asamblea General Extraordinaria a todos sus asociados a los fines de poner a consideración de los mismos la realización de esta importante obra;
Que con fecha 5 de Octubre de 2009 se llevó a cabo la mencionada Asamblea General Extraordinaria en la cual el Consejo de Administración informó en detalle la obra a ejecutar y el aporte económico necesario para realizar la misma, la que se ha previsto realizar en un plazo estimado de siete (7) años;
Que a sugerencia de la Cooperativa se puso a consideración de los presentes el importe de Pesos Trece ($ 13.-) más los impuestos correspondientes, suma que será liquidada conjuntamente con la boleta de consumo de agua que mensualmente emite la Administración de la Cooperativa, lo que fue aprobado por unanimidad de los Asambleístas;
Que la suma antes dicha será liquidada en concepto de "renovación ejecución Obra Reemplazo Red de Distribución";
Que asimismo es imprescindible que la Comuna de San Jerónimo Norte, como poder concedente proceda a autorizar la aplicación del importe adicional destinado a la renovación de la red de distribución en la boleta de servicio de la Cooperativa y las variables de costo de materiales y mano de obra en razón de tratarse de una obra a largo plazo, dictando para ello la correspondiente norma legal a través de la Ordenanza Comunal;

ARTICULO 1º: Autorizar al Consejo de Administración de la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Ltda., para que proceda a aplicar en la boleta mensual de servicios, el importe adicional de Trece pesos ($ 13.-) más los impuestos correspondientes, aprobado en la Asamblea General Extraordinaria de fecha 5 de Octubre de 2009, para ser destinados a la "renovación de la Obra reemplazo de la Red de Distribución de Agua Potable" a ejecutarse en nuestra localidad en una extensión de dieciocho mil quinientos metros (18.500 mts.) de cañería de Asbesto Cemento (AºCº) por cañerías de P.V.C., clase 6, con el agregado de otros trabajos como ser: sistema de cierre con anillo, válvulas en cada nudo para el seccionamiento de la red en sectores, nuevas cañerías, conexiones domiciliarias, etc.

ARTICULO 2º: Autorizar la aplicación de las variables de ajuste tanto en materiales como en mano de obra, atendiendo la variación de costos que podrían producirse en razón de tratarse de una obra con largo plazo de ejecución

ARTICULO 3º: Elevar la presente Ordenanza al Ente Regulador de Servicios Sanitarios (ENRESS) para su consideración.-

ARTICULO 4º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

CHUARD ALBERTO R. ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 19 de Octubre de 2009


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