Departamento Ejecutivo

Decreto Nº 230

Ampliación red cloacal - apertura Registro de Oposición

VISTO :

Las solicitudes presentadas por los vecinos frentistas de las siguientes calles de nuestra localidad de calles F. M. Esquiú, entre Padre Enrique Niemann y Bartolomé Blatter; Bartolomé Blatter, entre Fray Mamerto Esquiú y Estanislao López y de calle 15 de Agosto, entre Estanislao López y F.M. Esquiú, quienes requieren la ejecución de la obra de red colectora cloacal en las mencionadas arterias; y lo normado en Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Santa Fe (Ley N.º 2756) y;

CONSIDERANDO :

Que en el artículo 39 de la mencionada Ley Pcial.nro. 2756, donde se menciona que es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal ejecutar las obras públicas que sean necesarias para la comunidad, lo que incluye la ampliación de servicios esenciales como la red cloacal, y que, además, la Municipalidad de San Jerónimo Norte es responsable de la prestación del servicio público de desagües cloacales en todo el ámbito de su jurisdicción desde el año 1999;
Que la ampliación de la red colectora cloacal es esencial para mejorar la calidad de vida de los vecinos y preservar el medio ambiente;
Que se ha evaluado la factibilidad técnica y económica de la obra, estimándose un costo aproximado de $1.200.000 por lote con 10 metros de frente;
Que se han llevado adelante reuniones, mediante actas con participación de los vecinos frentistas de las cuadras que requirieron tal solicitud de ampliación del servicio, con la finalidad de explicitar los puntos referentes a factibilidades técnicas y económicas necesarias para la realización de la obra lo que respeta el procedimiento de consulta efectiva a los vecinos afectados, conforme a lo establecido en la normativa vigente;
Que la apertura de un Registro de Oposición es el mecanismo adecuado para garantizar la participación ciudadana en este proceso;
Que este tema ha sido analizado y evaluado por el Departamento Ejecutivo Municipal por parte de las secretarias de Obras, la de Servicios Públicos y la Secretaria de Hacienda;

ARTICULO 1º: Declárase de utilidad pública la obra de ampliación de la red colectora cloacal en las calles Fray M. Esquiú (entre Padre Enrique Niemann y Bartolomé Blatter), Bartolomé Blatter (entre Fray Mamerto Esquiú y Estanislao López) y 15 de Agosto (entre Estanislao López y Fray M. Esquiú).

ARTICULO 2º: Dispónese la apertura del Registro de Oposición a la obra mencionada, a partir del día 17 DE MARZO DE 2025 hasta el día 15 DE ABRIL DE 2025, a los efectos de que los contribuyentes que no estuvieren de acuerdo con la ejecución de dicha obra puedan manifestar su disconformidad, firmando el aludido registro.

ARTICULO 3º: Establécese que el costo total de la obra será distribuido entre los frentistas beneficiados, conforme al siguiente método de cálculo:

a) El 50% del costo total se distribuirá equitativamente entre el total de propiedades frentistas, determinándose de esta manera un monto fijo por lote (Unidad Contributiva - U.C.).

b) El 50% restante del costo total se dividirá por el total de metros de frente (Unidad Tributaria de Frente - U.T.F.), computándose a los lotes en esquina solamente el 40% de la suma de ambos frentes, con una cantidad mínima a considerar de 10 U.T.F.

Los importes correspondientes a U.C. y U.T.F. serán ajustados automáticamente en forma mensual por el "Índice de la Construcción" publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

ARTICULO 4º: Autorízase a la Secretaria de Hacienda, Finanzas y Recursos Humanos junto con las Secretarias de Obras, Producción y Vivienda y la Secretaria de Servicios Públicos a determinar, en caso de ser necesario, nuevas formas de actualización de la obra y planes de pago generales de acuerdo a la realidad económica vigente.

ARTICULO 5º: Comuníquese, publíquese y archívese.

FIRMANTES :

DEVESA RONCHINO PAOLA ( Intendente. )

SANTUCCI LAURA PATRICIA ( Secretaria de Gobierno )

BORETTO IGNACIO ( Secretario de Servicios Públicos, Zona Rural y Control )

ZURBRIGGEN ESTEBAN JOAQUIN ( Secretaría de Hacienda, Finanzas y Recursos Humanos )

BURGI LEANDRO NILO ( Secretario de Obras, Producción y Vivienda )

SAN JERONIMO NORTE, 17 de Marzo de 2025


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