Comisión Comunal

Ordenanza Nº 484

Modificaciones artículos - Cooperativa de Agua Potable

VISTO :

Las modificaciones dispuestas por el Ente Regulador de Servicios Sanitarios "     ENRESS" mediante Resolución Nº 0695, en relación al Régimen Tarifario y Reglamento del Servicio para el suministro de agua potable en esta localidad por parte de la cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Limitada, y;

CONSIDERANDO :

Que con fecha 26 de Agosto de 1996 se dictó la Ordenanza Nº 234/96 mediante la cual se concedió a la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Limitada, la explotación y suministro del agua potable en la jurisdicción del ejido urbano de esta localidad, no obstante lo cual la autoridad comunal debe avalar lo relacionado al Régimen Tarifario y Reglamento del Servicio;
Que por disposición del ENRESS, en su Resolución Nº 0695 se debe proceder a modificar los artículos 8 y 17 del Reglamento Tarifario, como asimismo los artículos 8 inciso 3, y 18, 26 y 34 del Reglamento del Servicio, eliminando además los artículos 30,31, 32, 33 y 36 de dicho reglamento:

ARTICULO 1º: Aceptar la modificación de los artículos 8 y 17 del Régimen Tarifario a aplicarse en la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Limitada, de la siguiente manera: Artículo 8: "Servicio a Inmuebles": Se elimina el párrafo que dice "O su equivalencia a la partida cambiaria actual ($1.- = U$S 1.-). Con relación al Artículo 17: "Compensación por la prestación de Servicios a Asentamientos Ediliciamente Precarios", se acepta la modificación del siguiente párrafo: "La Comuna de San Jerónimo Norte" en lugar de "La Autoridad Pública", quedando redactado como sigue: "La Comuna de San Jerónimo Norte, compensará a la Prestataria los montos debidos por la prestación del Servicio a los asentamientos ediliciamente precarios. La compensación será efectivizada dentro de los treinta (30) días corridos siguientes al período de facturación correspondiente.-

ARTICULO 2º: Aceptar la modificación de los artículos 8 inciso 3), 18, 26 y 34 del Reglamento de Servicio a aplicarse en la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Limitada, de la siguiente manera: Artículo 8 inciso 3: se agrega la siguiente leyenda: "de 7 m.c.a." quedando redactado de la forma que sigue: "Recibir agua potable de acuerdo a la presión de 7 m.c.a. y a los parámetros de calidad establecidos por las Normas Aplicables en cantidad suficiente y de manera continua y regular durante las veinticuatro (24) horas de todos los días del año, sin interrupciones debidas a deficiencias en los sistemas.- Artículo 18: con las modificaciones producidas queda redactado de la siguiente forma: inciso 9: Cortar el servicio en caso de falta de pago de acuerdo con lo señalado en el artículo 31º.- inciso 12: Atender mediante personal competente todas las consultas o reclamos que efectúen los usuarios, otorgándoles plazos máximos de solución para cada tipo de averías que se produzcan (según anexo adjunto). A tales efectos se llevará un Libro de Registro de Reclamos, donde se vuelquen en forma fehaciente las quejas de los usuarios, ordenado cronológicamente, numerado, suministrando el número al usuario, dándole acceso al ENRESS a todos los campos del registro. Artículo 26: con las modificaciones producidas quedará redactado de la siguiente forma: inciso 1: "Nombre, dirección y teléfonos de la Cooperativa"; se agregan el inciso 13: "Detalle de consumos anteriores" e inciso 14: "Dirección y teléfonos del ENRESS".

ARTICULO 3º: Acéptase la eliminación de los Artículos 30º, 31º, 32º, 33º, 34º y 36º del Reglamento de Servicio redactado anteriormente y correspondiente al Capítulo XI: Sanciones Corte del Servicio - Recurso por ante el Ente Regulador de Servicios Sanitarios.-

ARTICULO 4º: Regístrese en el Libro de Resoluciones y Ordenanzas de esta repartición, comuníquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

SALIM ALFREDO EDUARDO ( Tesorero )

ALBRECHT RUBÉN ANTONIO ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 10 de Junio de 2003


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