Comisión Comunal

Ordenanza Nº 1573

CONTRIBUCIÓN DE MEJORA NEGATIVA - RIPIO

VISTO :

Que la provincia transferirá a este municipio recursos necesarios para la realización de la obra pública" Mejorado de suelo - ripio en camino de ingreso al parque Industrial, en el marco de la Ley Nº 12385 - Fondo para la construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados; y,

CONSIDERANDO :

Que el Decreto Nº 1123 /2008, reglamentario de aquella ley, en su artículo 1º establece, entre otras disposiciones: "Los proyectos preseleccionados, deberán ser evaluados y verificados por un representante técnico designado a ese efecto por la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas Aquellos cuyo financiamiento pueda recuperarse bajo el régimen de contribución de mejoras, contarán con un aporte hasta el 50% (cincuenta por ciento, debiéndose acompañar copia certificada por autoridad judicial y/o notarial de la Ordenanza respectiva. La Provincia, a través del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, y los Municipios y Comunas, instrumentarán por convenio la forma de recupero del financiamiento otorgado bajo estas comisiones."

     Que en la calle donde se pretende realizar la obra forma parte del parque industrial, perteneciendo al acceso del mismo;

     Que por esos motivos, resulta necesario declarar ante la Comisión de Seguimiento de la Ley 12385, que aprueba las gestiones, que el proyecto de Mejorado de suelo - ripio en camino de ingreso al parque Industrial para la Comuna de San Jerónimo Norte, no es susceptible de recuperación económica para los futuros industriales que se beneficiara con esta obra, de imprescindible realización en pos de mejorar la accesibilidad al Parque;

ARTICULO 1º: Declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras al proyecto "Mejorado de suelo - ripio en camino de ingreso al parque Industrial", atento los motivos expuestos.

ARTICULO 2º: Solicitar en el marco de la Ley Nº 12385 la asignación del 100% de los fondos para la realización del "Mejorado de suelo - ripio en camino de ingreso al parque Industrial".

ARTICULO 3º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.

FIRMANTES :

VOLPATO CARLOS DANIEL ( Presidente comunal )

CIGNETTI JUAN CARLOS SANTIAGO ( Vicepresidente comunal )

PIÑERO MARIA FLORENCIA ( Secretaria/o )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

TIONE LUCIA NIEVES ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 24 de Julio de 2019


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