Ordenanza Nº 643
Obras Menores
VISTO :
La sanción de la Ley 12.385 y su Decreto Reglamentario N° 117/05; y
CONSIDERANDO :
Que por dicha Ley el Gobierno de la Provincia crea el Fondo para la Construcción de Obras Menores para Municipios de Segunda Categoría y Comunas que no se encuentren incluidas en el Fondo de Emergencia Social, Ley 24.443;
Que esta localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo;
Que esta Comisión Comunal ha evaluado las obras públicas prioritarias para el distrito, siendo la de: Prioridad UNO: Consolidado Suelo-Arena en caminos de acceso a la localidad.-
Que dicha obra se encuentra comprendida entre las que son financiables por el Fondo;
ARTICULO 1º: Solicítase al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley 12.385 y su Decreto Reglamentario N° 117/05, el aporte de fondos no reintegrables para la realización de la obra pública que se detalla a continuación:
a)  Prioridad UNO: Consolidado Suelo-Arena en caminos de acceso a la localidad. $ 105.000.-
ARTICULO 2º: Facúltese al señor Presidente Comunal a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total o parcial de las obras que se mencionan en el artículo 1°, y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorízase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.
FIRMANTES :
JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal ) |
EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal ) |
TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria/o ) |
WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero ) |
SAN JERONIMO NORTE, 28 de Mayo de 2006