Comisión Comunal

Ordenanza Nº 1336

DONACIÓN HNOS. NANZER

VISTO :

La nota presentada por Luis Alberto Nanzer y Marcelo Rodolfo Defagot, quienes en nombre y representación de la firma Nanzer Hnos. S.R.L. en liquidación, donan a la Comuna de San Jerónimo Norte, una fracción de terreno con todo lo plantado, edificado y adherido al suelo identificada como Lote 1 del plano de mensura y subdivisión, confeccionado por el agrimensor Oscar Raúl Amherdt, e inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia el día 3 de diciembre de 2014, bajo el N° 178758, y;

CONSIDERANDO :

Que la donación del terreno descripto en el visto de la presente ordenanza, se efectuó con la finalidad de que sea conservada la edificación existente, poniéndola en valor y transformando la misma en un museo relacionado a la Curtiembre Nanzer Hnos. y/o un espacio cultural.
Que este tema fue evaluado y analizado, por la Comisión Comunal de San Jerónimo Norte, según consta en las actas Nros. 726 y 727 de fechas 9 de marzo y 23 de marzo de 2016.

ARTICULO 1º: Acéptase la donación ofrecida a esta Comuna de San Jerónimo norte, por parte de la firma Nanzer Hnos. S.R.L. en liquidación, de una fracción de terreno con todo lo plantado, edificado y adherido al suelo identificada como Lote 1 del plano de mensura y subdivisión, confeccionado por el agrimensor Oscar Raúl Amherdt, e inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia el día 3 de diciembre de 2014, bajo el N° 178758.

ARTICULO 2º: Autorízase al Presidente y a la Secretaria de la Comisión Comunal, a suscribir el acta administrativa para la respectiva inscripción ante el Registro General de la Propiedad.

ARTICULO 3º: Destínese el inmueble donado por la firma Nanzer Hnos. S.R.L. en liquidación, a la conservación de la edificación existente, su puesta en valor y a la transformación de la misma en un espacio cultural y/o museo relacionado a la Curtiembre Nanzer Hnos.

ARTICULO 4º: Dispónese que la totalidad de los costos y honorarios que demanden los trámites de la transferencia del domino del inmueble, estarán a exclusivo cargo de la Comuna de San Jerónimo Norte.

ARTICULO 5º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese, y archívese.

SAN JERONIMO NORTE, 23 de Marzo de 2016


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