Comisión Comunal

Ordenanza Nº 609

Expropiación terreno basural

VISTO :

Que en la Zona Rural del distrito de San Jerónimo Norte, precisamente en la intersección de los caminos comunales identificados con los números 38 y 9, existe un terreno identificado con la partida inmobiliaria nº: 09-23-00- 089684/0000-9, Dominio nº 043716, Tomo 95 P, Folio 00660, con una superficie de Dieciséis mil ochocientos setenta y cuatro metros cuadrados ( 16.874 mts2), cuyo título se halla a nombre de Cooperativa Limitada Lechera "El Cantón", entidad hoy desaparecida, y

CONSIDERANDO :

Que el mencionado terreno es de suma necesidad para ésta Comuna de San Jerónimo Norte, para ser destinado a relleno sanitario con el volcamiento de los residuos sólidos inorgánicos que diariamente se recogen en la zona urbana;
Que el terreno utilizado anteriormente para estos fines ha sido colmado en su capacidad, resultando imposible continuar con el volcamiento de dichos residuos;
Que dicho predio no será utilizado para el depósito de residuos orgánicos, dado que esta repartición cuenta con una Planta Procesadora de Residuos Orgánicos Domiciliarios en plena etapa de procesamiento de los mismos:

ARTICULO 1º: Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación a la fracción de terreno existente en la intersección de los caminos comunales nº 38 y 9, del distrito de San Jerónimo Norte, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, identificada bajo el Nº de Partida Inmobiliaria 09-23-00- 089684/0000-9, Dominio nº 043716, Tomo 95 P, Folio 00660, con una superficie del terreno de Dieciséis mil ochocientos setenta y cuatro metros cuadrados (16.874 mts2), cuyo título se halla a nombre de Cooperativa Limitada Lechera "El Cantón".-

ARTICULO 2º: Téngase como parte integrante de la presente y como anexo 1, al plano que determina el lugar donde se halla ubicado el terreno en el contexto de la zona rural del distrito y el plano que determina las medidas del mismo.-

ARTICULO 3º: Elévese la presente Ordenanza a la Honorable Legislatura de la Provincia de Santa Fe, a los efectos de la sanción de la Ley de expropiación respectiva.-

ARTICULO 4º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de ésta repartición, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

SAN JERONIMO NORTE, 22 de Septiembre de 2005


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