Concejo Municipal

Ordenanza Nº 105

Designación nomenclatura continuación de calles al Este de calle Santa Fe

VISTO :

Las disposiciones establecidas en la Constitución Nacional y Provincial de Santa Fe, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, y Ordenanza Municipal de la Ciudad de San Jerónimo Norte N° 98/2022; y

CONSIDERANDO :

Que, es necesario proceder a un reordenamiento de la nomenclatura urbana a partir de la designación de nombres a las distintas calles y avenidas de nuestra ciudad;
Que, en particular esta necesidad se acentúa desde la intersección de las distintas arterias con la calle Santa Fe y en su prolongación hacia el cardinal ESTE hasta la finalización del ejido municipal;
Que, los ciudadanos frentistas de estas calles han manifestado reiteradamente su inquietud en razón de que en la actual situación, encuentran dificultades para la llegada de correspondencia a sus domicilio, notificaciones, requerimientos de servicios de transporte, servicios de emergencia, o facturas y/o documental con fechas de vencimiento de pago;
                Que, los nombres propuestos contribuyen a consolidar la identidad y pertenencia local, rescatando los valores ecuménicos, la memoria colectiva, honrando la democracia, los derechos humanos y la diversidad cultural;
               Que, si bien la propuesta que estamos elevando, importa un cambio de denominación, se ha procurado mantener la misma referencia histórica

durante todo el trayecto, completándola o contextualizándola con una reseña similar y/u homogénea;
               Que, se ha priorizado avanzar en este tema con la debida prevención y cautela, respetando la construcción de consensos a partir de un proceso de consulta y escucha con los vecinos;
               Que, a los fines descriptos se hace necesario proceder a sancionar la norma legal respectiva;
          
               Que, la misma se realiza en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Nacional y Provincial de Santa Fe y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756;

ARTICULO 1º: Dispóngase el cambio de designación de las calles que a continuación se enumeran, desde la intersección de cada una de ellas con la calle Santa Fe, en su prolongación hacia el cardinal ESTE hasta la finalización del ejido municipal:
- A la prolongación de la calle Coronel Denis - "LANCEROS DEL SAUCE"
- A la prolongación de la calle 25 de Mayo - "PRIMERA JUNTA"
- A la prolongación de la calle 9 de Julio - "INDEPENDENCIA"

- A la prolongación de la calle 1° de Mayo - "DE LOS TRABAJADORES"
- A la prolongación de la calle Güemes - "EJÉRCITO DEL NORTE"
- A la prolongación de la calle Sargento Cabral - "BATALLA DE SAN LORENZO"
- A la prolongación de la calle Guillermo Tell - "CECILIA GRIERSON"

ARTICULO 2º: Dispóngase que la numeración oficial de las calles enumeradas en el artículo precedente, se tomará partiendo del número 001 desde la calle Santa Fe y en forma creciente con sentido OESTE a ESTE.

ARTICULO 3º: Procédase a la colocación de las identificaciones y señalizaciones correspondientes en un todo de acuerdo con la normativa municipal específica vigente. A dicho efecto queda facultado el Departamento Ejecutivo Municipal para la utilización de las partidas presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente.

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal a través de las áreas que correspondan, actualizará la planimetría oficial y demás documentos que estime conveniente. Asimismo, dará amplia difusión de los nuevos nombres a través de los medios de comunicación locales.

ARTICULO 5º: Los costos que generen los trámites por cambio de domicilio en el DNI y la modificación del domicilio en la licencia de conducir del vecino que actualmente posea su domicilio real en las calles que se verán modificadas por esta Ordenanza serán absorbidos por la Municipalidad.
Cualquier otro trámite de excepción relacionado a las modificaciones planteadas, será el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las Áreas que correspondan, quien tendrá la facultad de decidir sobre la gratuidad de la gestión.

ARTICULO 6º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese, Notifíquese y Archívese.

FIRMANTES :

ALBRECHT MARIELA ANALIA ( Presidente del Honorable Concejo Municipal )

SINIEVICZ JORGELINA ALEJANDRA ( Secretaria del Honorable Concejo Municipal )

SAN JERONIMO NORTE, 4 de Agosto de 2022


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