Comisión Comunal

Ordenanza Nº 265

Donación Aldo y Ovidio Yossen - Espacio verde

VISTO :

La donación efectuada a esta Comuna de San Jerónimo Norte por parte de los señores: ALDO EDUARDO YOSSEN. D.N.I. N° 6.220.450; y de OVIDIO YOSSEN, D.N.I. N° 6.208.969; propietarios del loteo ubicado en las Manzanas 5 y 12, sección IV, según plano confeccionado por el Agrimensor José María Portmann y que se encuentra en trámite de inscripción. T. 279 PF. 385, Nro. 14882, Año 1994, y T. 294 P, F. 991, Nro. 56986, Año 1997, por la subdivisión que realizaran, dejando constancia que hacen donación expresa y entrega de la posesión quieta y pacífica de lo siguiente: 1 ) lote "A" de la Manzana 12 que consta de treinta y un metros con ochenta y cinco centímetros por ciento diecisiete metros con cincuenta y ocho centímetros, todo lo cual encierra una superficie de tres mil setecientos cuarenta y cuatro metros cuadrados con noventa y dos centímetros destinado a espacio verde y 2 ) Una superficie de doce mil trescientos cincuenta y cinco metros cuadrados con treinta centímetros destinado a calle pública; y

CONSIDERANDO :

Que la mencionada donación fue presentada a esta Comuna mediante nota dirigida al Sr. Presidente Comunal de fecha primero de Setiembre de mil novecientos noventa y siete, debidamente firmada por sus propietarios;
Que como se mencionara anteriormente dichas fracciones donadas constan de una superficie de 3.744,92 mts cuadrados la primera de ellas destinada a espacio verde y 12.355,30 mts cuadrados la segunda de ellas destinada a calle pública;

ARTICULO 1º: Acéptase la donación ofrecida precedentemente a esta Comuna, destinada a espacio verde y apertura de calle pública respectivamente de los lotes que son parte integrante del loteo ubicado en las manzanas 5 y 12 de la Sección IV del plano confeccionado por el Agrimensor José Maria Portmann y que se halla en trámite de inscripción.

ARTICULO 2º: Una vez que se hallan concluido los trámites legales correspondientes a la inscripción y cuando la autoridad comunal lo estime conveniente se procederá a la demarcación del espacio verde y a la apertura de la calle pública que fuera donada a esta repartición, para luego proceder a efectuar los servicios público de alumbrado, riego, recolección de residuos, conservación y limpieza. etc.

ARTICULO 3º: Dejar establecido que, como en anteriores loteos y/o urbanizaciones, donde sea necesaria la colocación de alcantarillas, estas podrán ser ejecutadas por el personal comunal, pero los gastos que demande la realización serán por cuenta del o los propietario/s.

ARTICULO 4º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.

FIRMANTES :

SATTLER HÉCTOR CARLOS ( Presidente comunal )

IMWINKELRIED ANALIA BEATRIZ ( Vicepresidente comunal )

KUCHEN DARDO CELESTINO ( Secretaria/o )

JACOB ROMILDO ERNESTO ( Tesorero )

FERRERO ADELA MARGARITA CATALINA ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 10 de Septiembre de 1997


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