Concejo Municipal

Ordenanza Nº 41

Afectación de Fondos Obras Menores

VISTO :

La sanción de la Ley 12385, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario N° 1123/08, y;

CONSIDERANDO :

Que por dicha Ley el Gobierno Provincial crea el Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas;
Que esta ciudad se encuentra comprendida en los alcances del fondo para el año 2018;
Que el monto del saldo para el año 2018 asciende a la suma de pesos doscientos ochenta y cuatro mil treinta y ocho con cuarenta y cinco centavos ($ 284.038,45);
Que la Municipalidad de San Jerónimo Norte ha evaluado las necesidades y/o proyectos posibles de financiar determinándose destinar dicho fondo a la adquisición de dos motovehículos para los inspectores de tránsito, ya que los existentes han cumplido su ciclo y todo ello, atentos a la necesidad de dotar a la autoridad de aplicación municipal de las herramientas adecuadas para contribuir eficaz y eficientemente a ordenar el tránsito;
Que el costo en el mercado de los bienes descriptos cubren el saldo de los montos asignados por la Ley 12385, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario N° 1123/08 para el año 2018, según se puede apreciar en el presupuesto que se acompaña, este Municipio se hará cargo del saldo;

Que dicha operación se encuentra comprendida entre las que son financiables por el fondo;

ARTICULO 1º: Solicítese al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley N° 12385, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario N° 1123/08, el aporte de pesos doscientos ochenta y cuatro mil treinta y ocho con cuarenta y cinco centavos ($ 284.038,45) no reintegrables para la adquisición dos motovehículos cuya descripción se encuentra en el presupuesto de fecha 4 de agosto de 2020 que se adjunta como anexo a la presente.

ARTICULO 2º: Determinase recomendar al Gobierno Provincial la transferencia del cien por ciento (100%) del monto solicitado en el artículo primero, correspondiente al saldo del año 2018 en concepto de "Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas", dado que se trata de adquisición de un material donde la operatoria habitual de mercado en el pago al contado se obtienen bonificaciones importantes.

ARTICULO 3º: Facultase al Intendente Municipal, Sr. Carlos Daniel Volpato, DNI N° 16.237.975, a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total de la adquisición que se menciona en el Artículo 1°).-

ARTICULO 4º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese, Notifíquese y Archívese.

FIRMANTES :

ALBRECHT MARIELA ANALIA ( Presidente del Honorable Concejo Municipal )

SINIEVICZ JORGELINA ALEJANDRA ( Secretaria del Honorable Concejo Municipal )

SAN JERONIMO NORTE, 13 de Agosto de 2020


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