Comisión Comunal

Ordenanza Nº 572

Ampliación contrato 17 viviendas

VISTO :

El contrato de obra pública ampliatorio del suscripto en su oportunidad entre esta Comuna y la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de diecisiete ( 17 ) viviendas "VE. cl" ( 3-1D; 13-2D y 1-3D ) Plan Nº 3451, financiadas exclusivamente por el FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA ( FO.NA.VI ), en los términos y bajo las condiciones de la Resolución Nº 1317/04 y del Expte. Nº 15201-0101035-9, y;

CONSIDERANDO :

Que la Ley Nro. 5188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, en sus arts. 41 y 68 obliga a constituir garantías, ya sea del cumplimiento del contrato como de sustitución del fondo de reparo equivalente al 5% del monto de cada certificado de obra;
Que mediante el Decreto Nro. 1698/84, ratificado por el Nro. 1007/85, se crea un sistema que permite a las comunas y municipalidades afectar al fondo de coparticipación provincial como garantía de los rubros señalados, siendo necesario el dictado del acto administrativo correspondiente;

ARTICULO 1º: Autorizase al Sr. Presidente Comunal Raúl Martín Jullier y a la Secretaria de la Comisión Comunal Sra. Celia María Tschieder a firmar el contrato de obra pública respectivo con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.

ARTICULO 2º: Adhiérese la Comuna de San Jerónimo Norte al sistema creado por el Decreto 1698/84 ratificado por el Nro. 1007/85 para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de obra pública a suscribir con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.-

ARTICULO 3º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

SAN JERONIMO NORTE, 21 de Marzo de 2005


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