
Comisión Comunal
Ordenanza Nº 533
Alcantarilla Vialidad
VISTO :
La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cual esta Comuna ejecutará los trabajos de construcción de una alcantarilla mediante la colocación de doble batería de tubos de 0,60 mts. de diámetro, y con la demolición y reconstrucción de la loza de calzada, sobre la Ruta Provincial 67-S, de la red vial Provincial, ubicada en el ámbito de su jurisdicción; y
CONSIDERANDO :
Que los términos del convenio y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad por el pago de la construcción y los trabajos a realizar por la Comuna es razonable y compensa las inversiones a su cargo;
Que resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Presidente Comunal, Sr. Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, para que represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como asimismo percibir el monto que se establezca para tal fín;
Que a los fines de garantizar el cumplimiento del convenio correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para que supervisara los trabajos a realizar y para afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a la Comuna;
Que evaluando los beneficios que la ejecución de los trabajos brindará a la población toda;
ARTICULO 1º: Apruébase la concreción del Convenio entre esta Comuna de San Jerónimo Norterepresentada por su Presidente, Sr. Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, y la Dirección Provincial de Vialidad para la construcción de una alcantarilla mediante la colocación de doble batería de tubos de 0,60 mts. de diámetro, y con la demolición y reconstrucción de la loza de calzada, sobre la Ruta Pcial Nº 67/S en su intersección con el camino comunal nº 23 de esta jurisdicción de San Jerónimo Norte, conforme al plan de trabajos a establecer de común acuerdo entre las partes.
ARTICULO 2º: Facúltase al Señor Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, Presidente Comunal de San Jerónimo Norte, a realizar todos los actos necesarios para cumplimentar el convenio respectivo y a la percepción del monto certificado en función de lo establecido
ARTICULO 3º: Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Comuna durante el ejercicio del año 2004, en el que se ejecutarán los trabajos, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio
ARTICULO 4º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese
FIRMANTES :