Comisión Comunal

Ordenanza Nº 392

Conclusión de la obra de cloacas

VISTO :

La ordenanza nro. 160/93 de fecha 7 de Abril de 1993 que dispuso la ejecución de la obra de Red Cloacal en la jurisdicción de este distrito de San Jerónimo Norte del Departamento Las Colonias;
El Acta de Recepción Total Definitiva de la obra de "Desagües Cloacales" de fecha 26 de Noviembre de 1999 suscripta por el Sr. Responsable del Gerenciamiento de la Obra, Técnico Hugo Alesandría y el Responsable del Contralor y Ejecución de la Obra, Técnico Eduardo Curi

CONSIDERANDO :

Que oportunamente se había dispuesto que la obra fuera financiada por los frentistas afectados por la obra y mediante el sistema tributario de CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS,
Que esa metodología se encuentra prevista en el Código Tributario Municipal Ley Provincial Nro. 8173, habiendo previsto la autoridad comunal que dispuso la obra el ingreso de los fondos que generaba la obra por el rubro:
Recursos Corrientes
Corrientes de Jurisdicción Propia
Tributarios-Contribución de Mejoras
Obra de Red domiciliaria de Cloacas

Que toda erogación que demandaba y demandó la obra en cuestión era financiada con los fondos que se ingresaron por el rubro antes descripto únicamente
No obstante la finalización de la obra, a la fecha aún se sigue recaudando en la jurisdicción comunal el tributo de contribución de mejoras, como recursos propios de ejercicios anteriores,
Que a la fecha la obra se encuentra totalmente concluida tal como se justifica con el CERTIFICADO FINAL DE OBRA que se agrega como anexo a la presente ordenanza,
Que atento a ello no se justifica recaudar dichos fondos y no utilizarlos como consecuencia que la obra fue concluida,

ARTICULO 1º: A partir de la presente ordenanza dispónese el uso de los recursos que ingresen al ámbito comunal por el concepto de Contribución de Mejoras Obra de Red Cloacal, los que ingresarán a Rentas Generales.-

ARTICULO 2º: La utilización de dichos fondos que se destinará en un cincuenta por ciento( 50%) como mínimo, para Obra Pública Local de mayor necesidad y para el pago de Deudas contraídas con anterioridad a esta fecha que se encuentren devengadas y/o exigibles. El resto para gastos operativos de la Comuna de San Jerónimo Norte -Sueldos, Bienes y Servicios no Personales

ARTICULO 3º: Anualmente se elaborará un resumen que contemple los ingresos de fondos por este concepto y su destino específico.

ARTICULO 4º: El anexo A - final de obra suscripto por el profesional actuante forma parte de la presente ordenanza.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

SALIM ALFREDO EDUARDO ( Tesorero )

SAN JERONIMO NORTE, 17 de Mayo de 2001


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