Comisión Comunal

Ordenanza Nº 369

Compra equipo informático

VISTO :

El Programa Municipal de Inversiones, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Santa Fe, y mediante el cual se otorgan préstamos a Municipalidades y Comunas en el marco de la operatoria de financiamiento a municipios con recursos provenientes del "Fondo Municipal de Inversiones" creado por la Ley Provincial Nº 10264/88, su Decreto Reglamentario Nº 2255/89 - Préstamo B.I. R.F. Nº 2920 AR, e implementado por Resolución Ministerial Nº 573/98 y Decreto Nº 1247/99, y;

CONSIDERANDO :

Que la Ley Provincial, autoriza a Municipalidades y Comunas a celebrar con la Provincia de Santa Fe, convenios de Subpréstamos en el marco del Programa Municipal de Inversiones;
Que las condiciones establecidas en los Convenios de Préstamos citados serán beneficiosas para los intereses de esta COMUNA.-
Que previo a la suscripción de dicho Convenio, es necesario que el Proyecto Físico, objeto de aquel, sea aprobado mediante Ordenanza, y se autorice su ejecución mediante el Programa Municipal de Inversiones.
Que como forma de pago y garantía de las obligaciones financieras que asuma esta COMUNA mediante el Convenio de Préstamo, se deben afectar los fondos de coparticipación provincial y los aportes que eventualmente correspondan a este municipio, como así también autorizar para que aquellos rubros sean retenidos, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna y en forma automática por Tesorería y Contaduría General de la Provincia y el Banco de Santa Fe S. A. a partir de los 30 (treinta) días de producirse el incumplimiento respectivo.-
Que el tema fue tratado en su sesión de fecha 31 de Enero de 2001, Acta nº 405, folios 120 y 121 del Libro de Actas Comunales nº 9.-

ARTICULO 1º: Apruébase el Proyecto del Convenio de Préstamo, que se anexa a la presente, el que se considera parte integrante de ésta Ordenanza.-

ARTICULO 2º: Autorízase al Sr. Presidente Comunal a suscribir un Convenio de Préstamo con el gobierno de la Provincia de Santa Fe, conforme los términos establecidos en el Proyecto citado en el artículo anterior, y por el monto a que asciende el Proyecto identificado en el artículo tercero de la presente.

ARTICULO 3º: Apruébase el Proyecto "Fortalecimiento Institucional - Adquisición de Equipamiento Informático".

ARTICULO 4º: Ejecútase dicho Proyecto de Conformidad a las condiciones que establezca el Programa Municipal de Inversiones.

ARTICULO 5º: Autorízase al Sr. Presidente Comunal para que mediante el dictado de resoluciones, ejecute el Proyecto identificado en la cláusula tercera de la presente Ordenanza, en el marco del Programa Municipal de Inversiones.

ARTICULO 6º: Autorízase la afectación de los fondos de coparticipación provincial y los aportes que eventualmente le correspondan a esta COMUNA como forma de pago y como garantía de los compromisos financieros que asume mediante el Convenio de Préstamo que suscriba el Presidente Comunal, Señor Raúl Martín Jullier.

ARTICULO 7º: Autorízase a la Contaduría y Tesorería de la Provincia de Santa Fe y al Banco de Santa Fe S. A., a retener, sin necesidad de notificación extrajudicial o judicial, los montos que correspondan por los rubros señalados en el artículo anterior, en virtud de la metodología de pago prevista y/o por incumplimiento de las obligaciones que asume mediante el Convenio de Préstamo.

ARTICULO 8º: Comuníquese la presente Ordenanza a la Dirección del Programa Municipal de Inversiones (Promudi), publíquese y archívese.

ARTICULO 9º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta Comuna.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

SALIM ALFREDO EDUARDO ( Tesorero )

SAN JERONIMO NORTE, 14 de Febrero de 2001


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