Comisión Comunal

Ordenanza Nº 754

Autorización Tarifa Agua Potable

VISTO :

La solicitud de la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Limitada, sobre la aprobación del cuadro tarifario correspondiente al Servicio de Agua Potable en San Jerónimo Norte, de acuerdo a lo establecido por normas vigentes, Ley 11220 y Contrato de Concesión del citado servicio, firmado oportunamente, y;

CONSIDERANDO :

Que con fecha 25 de Marzo de 2008, la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Ltda. presentó un informe donde hace conocer los motivos por los cuales debe efectuar un ajuste en el cuadro tarifario del servicio de agua, a los fines de que esta Comuna autorice los mismos para ser elevados al Ente Regulador de Servicios Sanitarios (ENRESS);
Que en reunión de la Comisión Comunal de fecha 27 de Marzo de 2008 fue tratado el pedido remitido por la Cooperativa de Agua Potable sobre el incremento solicitado, analizándose y evaluándose los fundamentos expuestos en la solicitud, habiéndose podido observar el resultado negativo de los últimos ejercicios contables como consecuencia de los permanentes aumentos en los precios y en el incremento de los costos para la prestación del servicio;
Que estudiado el cuadro tarifario, como el presupuesto de recursos y gastos, se ha podido deducir que, a pesar del aumento solicitado, la Cooperativa no cubre económicamente las necesidades para llevar adelante el plan de obras previstas para el presente año 2008;
Que asimismo el Consejo de Administración de la Cooperativa de Agua Potable ha suministrado el cuadro de Estructura de Costo del servicio, el que analizado justifica el incremento de tarifas para la prestación del servicio;
Que además se ha analizado el criterio adoptado por la Cooperativa de Agua Potable para la determinación de metros cúbicos mínimos en determinadas categorías;
Que ciertos usuarios de menores recursos (jubilados) son tenidos en cuenta mediante el cobro de metros cúbicos realmente consumidos de acuerdo a medidores, por lo que si restringen el consumo se benefician con una menor tarifa;
Que teniendo en cuenta tarifas de otras localidades, las propuestas por la Cooperativa de Agua Potable son inferiores si se tiene en cuenta que se trata de costos similares de tratamiento de agua para potabilizar;

ARTICULO 1º: Apruébase el régimen de tarifas para el servicio de Agua Potable en la localidad
de San Jerónimo Norte, a cobrarse por período mensual, según el siguiente
detalle:
a) Casa de familia.......................................(10 mts. libres)................. . $ 15,50.-
b) Casa de familia: dos conexiones............(20 mts. libres)....................$ 31,00.-
c) Jubilados.................................................( 5 mts. libres)....................$ 7,75.-
d) Lote.........................................................(sin consumo).....................$ 5,95.-
e) Galpón o fábrica......................................(sin consumo).....................$ 5,95.-
f) Casa de familia: tres conexiones..............(30 mts. libres)...................$ 46,50.-
g) Escuelas:..................................................(Exentas)............................$ 5,95.-
Excedentes: todo usuario que exceda de los básicos asignados abonará Pesos Uno con treinta centavos ($ 1,30) el metro cúbico.-
"     Los valores de las tarifas mencionadas no incluyen I.V.A.-
"     A las tarifas anteriores se les agregará el 2,6 % según lo establecido por el
Decreto Nº 188/97.-

ARTICULO 2º: Regístrese en el libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, Comuníquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

CHUARD ALBERTO R. ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 27 de Marzo de 2008


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