Comisión Comunal

Ordenanza Nº 356

Convenio con vialidad conservación de calzadas

VISTO :

La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cual esta Comuna ejecutará trabajos de conservación de la Red Vial Provincial en el marco del Programa de Descentralización Vial, durante el año 2001, y;

CONSIDERANDO :

Que los términos del convenio y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad por el pago de los servicios a prestar por la Comuna es razonable y compensa las inversiones a su cargo;

Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Presidente Comunal, Sr. Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como también a percibir la tasa que se establezca;

Que a los fines de garantizar el cumplimiento del siguiente convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de coparticipación que le corresponda a la Comuna del ejercicio en el cual se ejecuten las tareas;

Que han sido evaluados los beneficios que la ejecución de los trabajos brindará a la población toda;

ARTICULO 1º: Apruébase la concreción de un Convenio entre la Comuna de San Jerónimo Norte, representada por su Presidente Don Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, y la Dirección Provincial de Vialidad, para la conservación de la Red Vial Provincial durante el ejercicio del año 2001, conforme el plan de trabajo a establecer de común acuerdo entre las partes, en el marco del Programa de Descentralización Vial.-

ARTICULO 2º: Facúltase al señor Raúl Martín Jullier, D.N.I. Nº 6.257.029, Presidente Comunal de San Jerónimo Norte a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del convenio y a la percepción del monto certificado, en función de la tasa establecida.

ARTICULO 3º: Apruébase la inversión que deberá realizar la Comuna conforme a la Ley 2439.-

ARTICULO 4º: Autorícese a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a la Comuna durante el ejercicio del año 2001, en el que se ejecutan los trabajos, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.-

ARTICULO 5º: Regístrese en el libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comunicación y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

SAN JERONIMO NORTE, 19 de Diciembre de 2000


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