Comisión Comunal

Ordenanza Nº 1569

OBRAS MENORES - ACCESO PARQUE INDUSTRIAL

VISTO :

La sanción de la Ley 12385, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario N° 1123/08, y;

CONSIDERANDO :

Que por dicha Ley el Gobierno Provincial crea el Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas;
Que esta localidad se encuentra comprendida en los alcances del fondo para el año 2017;
Que el monto del saldo para el año 2017 asciende a la suma de pesos setecientos sesenta y siete mil ciento cuarenta y siete con ochenta y seis centavos ($ 767.147,86).
Que esta Comisión Comunal ha evaluado las necesidades y/o proyectos posibles de financiar determinándose destinar dicho fondo a la adquisición de material pétreo (ripio) para ser utilizado en el proyecto de "Mejorado de suelo- ripio en camino de ingreso al parque Industrial" y asegurar la transitabilidad de ingreso al Parque;
Que el costo en el mercado de los bienes descriptos cubren el saldo de los montos asignados por la Ley 12385, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario N° 1123/08 para el año 2017.
Que todo lo mencionado fue tratado en Reunión de Comisión Comunal de fecha veintiséis de Junio del corriente año, según consta en acta nro. 798.
Que dicha operación se encuentra comprendida entre las que son financiables por el fondo,

ARTICULO 1º: Solicítese al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley N° 12385, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario N° 1123/08, el aporte de pesos setecientos sesenta y siete mil ciento cuarenta y siete con ochenta y seis centavos ($ 767.147,86) no reintegrables para la adquisición de material pétreo (ripio) para ser utilizado en el proyecto de "Mejorado de suelo- ripio en camino de ingreso al parque Industrial" y asegurar la transitabilidad de ingreso al Parque.

ARTICULO 2º: Determinase recomendar al Gobierno Provincial la transferencia del cien por ciento (100%) del monto solicitado en el artículo primero, correspondiente al saldo del año 2017 en concepto de "Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas", dado que se trata de adquisición de un material donde la operatoria habitual de mercado en el pago al contado se obtienen bonificaciones importantes.

ARTICULO 3º: Facultase al Señor Presidente Comunal, Don Carlos Daniel Volpato, DNI N° 16.237.975, a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total de la adquisición que se menciona en el Artículo 1°), y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo autorízase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-

ARTICULO 4º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.-
Dada en la Comuna de San Jerónimo Norte, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del mes de Junio del año dos mil diecinueve.-

FIRMANTES :

VOLPATO CARLOS DANIEL ( Presidente comunal )

CIGNETTI JUAN CARLOS SANTIAGO ( Vicepresidente comunal )

PIÑERO MARIA FLORENCIA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

TIONE LUCIA NIEVES ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 26 de Junio de 2019


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