Comisión Comunal

Ordenanza Nº 1468 ( JPG )

CEMENTERIO - EXPANSIÓN

VISTO :

La necesidad de establecer parámetros que permitan y aseguren un crecimiento adecuado del cementerio de San Jerónimo Norte, y teniendo en cuenta la indelegable función que presta a su comunidad;

CONSIDERANDO :

Que su desarrollo futuro no fue contemplado por la Ordenanza N° 152/92 que establece, mediante plano oficial, un trazado armónico y adecuado de las calles de la localidad.
Que por sus características y emplazamiento requiere, según entiende esta repartición, un régimen especial destinado a contemplar necesidades intrínsecas al servicio que presta.

ARTICULO 1º: Los futuros loteos adyacentes al predio que ocupa el actual cementerio, deberán regirse por la presente ordenanza, respetando obligatoriamente y en un todo, lo que la misma dictamina.

ARTICULO 2º: Posibilidad de expansión hacia el sector sudoeste.
Se declara de utilidad pública afectada al futuro crecimiento del cementerio local el terreno que se delimita de la siguiente manera:
a-     Según plano adjunto, el rectángulo conformado por los puntos A - B - C y D

ARTICULO 3º: Posibilidad de expansión hacia el sector noreste.
Se declara de utilidad pública afectada al futuro crecimiento del cementerio local el terreno que se delimita de la siguiente manera:
b-     Según plano adjunto, el rectángulo conformado por los puntos E - F - G y H

ARTICULO 4º: La presente declaración de utilidad pública se realiza a los efectos de permitir las 2 posibilidades que más abajo se desarrollan.
A-     Adquisición de los terrenos por parte del actual propietario del predio destinado a cementerio, esto es, el Arzobispado de la Provincia de Santa Fe.
B-     Adquisición de los terrenos mediante expropiación por parte de la Comuna De San Jerónimo Norte, con el único fin de ser donado al Arzobispado de la Provincia de Santa Fe, y destinado su uso exclusivamente a la función específica de Cementerio.

ARTICULO 5º: Queda establecido como nueva traza urbana el siguiente desarrollo de las calles adyacentes al sector comprometido con la posibilidad de expansión futura del Cementerio local.
a-     Cambio del trazado de calles en el sector sudoeste según esquema adjunto.
1-     Anulación traza calle actual. Donación a cementerio.
2-     Habilitación nueva Calle.
b-     Continuidad de calle Rivadavia hasta intersección con futura Calle Pública.
c-     Continuidad de Calle Teresa Furrer hasta intersección con futura Calle Pública.

ARTICULO 6º: Incorpórese la nueva modificación de referencia a la Ordenanza N° 152/92, como complementaria de la misma.

ARTICULO 7º: Adjúntese a la presente Ordenanza la planimetría que permita una clara lectura del contenido explicitado más arriba.

ARTICULO 8º: Regístrese en el libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.

ANEXO :

PLANO

FIRMANTES :

VOLPATO CARLOS DANIEL ( Presidente comunal )

CIGNETTI JUAN CARLOS SANTIAGO ( Vicepresidente comunal )

PIÑERO MARIA FLORENCIA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

STALDER CLAUDIO CESAR ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 24 de Enero de 2018


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