Concejo Municipal

Ordenanza Nº 23

Regularización de deudas de la TGI y DRI

VISTO :

Que, es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal proyectar tasas, derechos y contribuciones y otros recursos municipales de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, artículo 41º, inciso 4;

Que la Ley Orgánica establece en su artículo 49 que: "las Ordenanzas sobre impuestos, tasas, derechos y contribuciones municipales, tendrán carácter permanente y continuarán en vigencia mientras no se sancionen otras nuevas"; es necesario a los efectos de informar a los contribuyentes establecer los valores para la Ordenanza Tributaria Anual, y;

     Y, además, en su artículo 52 establece que: "Los impuestos, derechos, tasas, contribuciones y multas municipales se percibirán administrativamente y en la forma que determinen las respectivas ordenanzas, y;

CONSIDERANDO :

Que el actual contexto dado por la emergencia sanitaria originada por la pandemia Covid - 19 y su consecuente asilamiento social, preventivo y obligatorio dificulta el normal cumplimiento por parte de los vecinos de sus obligaciones;
Que esta medida de aislamiento, de vital importancia para preservar la salud de todos los argentinos y las argentinas, genera la necesidad de transformar significativamente nuestras rutinas, afectando la dinámica de la economía en su conjunto y de gran parte de las actividades productivas;


Que, en pos de ello, es menester instrumentar un mecanismo de política tributaria que incentive y estimule la regularización de la situación de los contribuyentes que se hallan en mora con este Municipio, atendiendo al monto de las deudas, capacidad de pago del mismo y situaciones coyunturales acaecidas;
               Que, además puedan continuar cumpliendo con sus obligaciones permitirá, a su vez, que el Municipio pueda prestar eficientemente los servicios básicos y cumplir los compromisos derivados de ellos con el personal y los proveedores;
Que es necesario estimular el cumplimiento de las obligaciones impagas por parte de los contribuyentes mediante el establecimiento de un Régimen Especial de Presentación Espontánea y Regularización de Deudas;
Que se deben ofrecer posibilidades de regularización de obligaciones fiscales adeudadas a aquellos contribuyentes con incumplimiento de pago, que se ajusten a sus posibilidades económicas y favoreciendo de este modo la recaudación y la necesidad del Estado Municipal de contar con los recursos suficientes que le permitan el cumplimiento de su cometido en aras del bien común;

ARTICULO 1º: Establézcase un beneficio del 30 % de descuento en la actualización por pago de contado de las deudas por Tasa General de Inmueble
Urbano y Derecho de Registro e Inspección para aquellos contribuyentes que mantengan deudas devengadas y/o vencidas con la Municipalidad.

ARTICULO 2º: A los efectos del acogimiento a los términos de la presente ordenanza, la vigencia de la misma será a partir de la fecha de promulgación y hasta el 31 de agosto de 2020, facultando al Departamento Ejecutivo a establecer su prórroga por el plazo de 30 días más si lo considera conveniente.

ARTICULO 3º: Facúltese a la Secretaría de Hacienda, Finanzas y Recursos Humanos a reglamentar la presente ordenanza, así como también al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar y actualizar por decreto las modalidades de pago para regularización de deudas.

ARTICULO 4º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese, Notifíquese y Archívese.

FIRMANTES :

ALBRECHT MARIELA ANALIA ( Presidente del Honorable Concejo Municipal )

SINIEVICZ JORGELINA ALEJANDRA ( Secretaria del Honorable Concejo Municipal )

SAN JERONIMO NORTE, 16 de Julio de 2020


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