Comisión Comunal

Ordenanza Nº 877

Convenio Dirección Provincial de Vialidad - Desmalezado

VISTO :

La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cual esta Comuna ejecutará los trabajos de Desmalezados en la Red Vial Provincial en el marco del Programa de Descentralización Vial durante el año 2010, y;

CONSIDERANDO :

Que los términos del Convenio y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de los servicios a prestar por esta Comuna es razonable y compensa las inversiones a su cargo;
Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Presidente Comunal, Sr. Raúl Martín Jullier, DNI Nº 6.257.029, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como para percibir la Tasa que se establezca;
Que a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad, para afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a la Comuna, del ejercicio en el cual se ejecutan las Tareas;
Que se han evaluado los beneficios que la ejecución de los trabajos brindará a la población toda;

ARTICULO 1º: Apruébase la concreción de un Convenio entre esta Comuna, representada por su Presidente, Señor Raúl Martín Jullier, DNI Nº 6.257.029 y la Dirección Provincial de Vialidad para los trabajos de desmalezados en la Red Vial Provincial durante el ejercicio del año 2010, conforme al plan de trabajo a establecer de común acuerdo entre las partes, en el marco del Programa de Descentralización Vial.-

ARTICULO 2º: Facúltase al Señor Raúl Martín Jullier, DNI Nº 6.257.029, Presidente de la Comuna de San Jerónimo Norte, a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del Convenio, y a la percepción del monto certificado, en función de la Tasa establecida.-

ARTICULO 3º: Apruébese la inversión que deberá realizar esta Comuna, conforme a la Ley 2439.-

ARTICULO 4º: Autorícese a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Comuna, a fin de resarcirse de los perjuicios que la pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.-

ARTICULO 5º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, Comuníquese, Publíquese y Archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

JULLIER HECTOR E ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 23 de Diciembre de 2009


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