Comisión Comunal

Ordenanza Nº 521

Aprobar aumento agua potable

VISTO :

La solicitud de la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Jerónimo Norte Limitada, de fecha 9 de Junio de 2004, sobre la aprobación del cuadro tarifario correspondiente al Servicio de Agua Potable en San Jerónimo Norte, de acuerdo a lo establecido por normas vigentes, Ley 11220 y Contrato de Concesión del citado servicio, firmado oportunamente, y;

CONSIDERANDO :

Que en la reunión celebrada por la Comisión Comunal de fecha 10 de Junio de 2004, se analizaron los fundamentos expuestos en la solicitud, habiendo podido observar el resultado negativo de los últimos ejercicios contables como consecuencia de la estabilidad de los precios y el permanente incremento de los costos de prestación del servicio;
Que asimismo el Consejo de Administración de la Cooperativa de Agua Potable ha suministrado el cuadro de Estructura de Costo del servicio, el que analizado justifica el incremento de tarifas para la prestación del servicio;
Que además se ha analizado el criterio adoptado por la Cooperativa de Agua Potable para la determinación de metros cúbicos mínimos en determinadas categorías;
Que ciertos usuarios de menores recursos (jubilados) son tenidos en cuenta mediante el cobro de metros cúbicos realmente consumidos de acuerdo a medidores, por lo que si restringen el consumo se benefician con una menor tarifa;
Que teniendo en cuenta tarifas de otras localidades, las propuestas por la Cooperativa de Agua Potable son inferiores si se tiene en cuenta que se trata de costos similares de tratamiento de agua para potabilizar;

ARTICULO 1º: Apruebase el régimen de tarifas para el servicio de Agua Potable en la localidad
de San Jerónimo Norte, a cobrarse por período mensual, según el siguiente detalle:
a) Casa de familia.......................................(10 mts. libres)................. . $ 9,14.-
b) Casa de familia: dos conexiones............(20 mts. libres)....................$ 18,28.-
c) Jubilados.................................................( 6 mts. libres)....................$ 4,57.-
d) Lote.........................................................(sin consumo).....................$ 3,50.-
e) Galpón o fábrica......................................(sin consumo).....................$ 3,50.-
f) Casa de familia: tres conexiones..............(30 mts. libres)...................$ 27,42.-
g) Escuelas:..................................................(Exentas)............................$ 3,50.-
Excedentes: todo usuario que exceda de los básicos asignados abonará $ 0,75 el
metro cúbico.-
"     Los valores de las tarifas mencionadas no incluyen I.V.A.-
"     A las tarifas anteriores se les agregará el 2,6 % según lo establecido por el
Decreto Nº 188/97.-

ARTICULO 2º: Regístrese en el libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, Comuníquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

CIGNETTI JUAN CARLOS SANTIAGO ( Tesorero )

SATTLER HECTOR C. ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 11 de Junio de 2004


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