
Comisión Comunal
Ordenanza Nº 985
Compra Camión Obras Menores
VISTO :
La sanción de la Ley 12385, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario N° 1123/08, y;
CONSIDERANDO :
Que por dicha Ley el Gobierno Provincial crea el Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas;
Que esta localidad se encuentra comprendida en los alcances del fondo para el año 2011;
Que el monto para el año en curso ascienden a la suma de pesos trescientos cuarenta y siete mil quinientos ochenta y dos con noventa y dos centavos($ 347.582,92)
Que esta Comisión Comunal ha evaluado las necesidades y/o proyectos posibles de financiar determinándose destinar dicho fondo a la adquisición de un(1) chasis camión, potencia mínima 160 C.V., cabina frontal, nuevo, 0km y a una(1) caja volcadora para ser incorporada a un chasis camión.
Que el costo en el mercado de los bienes descriptos superan levemente el monto asignado por la ley la Ley 12385, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario N° 1123/08 para el año en curso,
Que dicha operación se encuentra comprendida entre las que son financiables por el fondo;
ARTICULO 1º: Solicítase al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley N° 12385, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario N° 1123/08, el aporte de Pesos trescientos cuarenta y siete mil quinientos ochenta y dos con noventa y dos centavos($ 347.582,92), no reintegrables para la adquisición un(1) chasis camión, potencia mínima 160 C.V., cabina frontal, nuevo, 0km y a una(1) caja volcadora para ser incorporada a un chasis camión
ARTICULO 2º: Determinase recomendar al Gobierno Provincial la transferencia del cien por ciento(100%) de del monto solicitado en el articulo primero, correspondiente al año 2011 en concepto de "Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas", dado que se trata de adquisición de rodados donde la operatoria habitual de mercado en el pago al contado se obtienen bonificaciones importantes.
ARTICULO 3º: Facultase al Señor Presidente Comunal, Don Raúl Martín Jullier, DNI N° 6.257.029, a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total de la adquisición que se menciona en el Artículo 1°), y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo autorízase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-
ARTICULO 4º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.-
FIRMANTES :