Comisión Comunal

Ordenanza Nº 794

Obra Pública Ampliación Avda. Rivadavia

VISTO :

Que la Provincia transferirá a esta Comuna, recursos necesarios para la realización de la obra pública: "Ampliación de Avenida Rivadavia", en el marco de la Ley N° 12385 Fondo para la construcción de Obras y Adquisiciones de Equipos y Rodados, y;

CONSIDERANDO :

Que el Decreto N° 1123/08, reglamentario de aquella Ley, en su artículo 1° establece, entre otras disposiciones: "Los proyectos preseleccionados, deberán ser evaluados y verificados por un representante técnico designado a este efecto por la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas";
Que en el asentamiento donde se pretende realizar la obra de "Ampliación de Avenida Rivadavia", viven familias de recursos limitados como para afrontar el costo de obra y por otra parte es esta una obra que beneficiará a la población de San Jerónimo Norte como a vecinos de la zona por tratarse del segundo acceso de importancia para nuestro pueblo que se mejorará notablemente en el flujo del tránsito hacia y desde Las Tunas por la Ruta Provincial N° 50 - S de reciente concreción, permitiendo además un mayor desarrollo urbano en las áreas aledañas al emprendimiento, lo cual hace imposible que los vecinos puedan comprometerse o asumir una obligación de pago como la que generará la realización de esta obra;
Que por estos motivos resulta necesario declarar ante la Comisión de Seguimiento de la Ley N° 12385, que aprueba las gestiones, que el proyecto "Ampliación de Avenida Rivadavia", para la Comuna de San Jerónimo Norte, no es susceptible de recuperación económica para la población que se beneficiará con esta obra de imprescindible realización en pos de mejorar la calidad de vida de la Comunidad, preservando además la obra de asfaltado de reciente finalización;

ARTICULO 1º: Declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras al proyecto: "Ampliación de Avenida Rivadavia", atento a los motivos expuestos.-

ARTICULO 2º: Solicitar en el marco de la Ley N° 12385 la asignación del cien por ciento (100 %) de los fondos para la realización de la obra °Ampliación de Avenida Rivadavia".-

ARTICULO 3º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

CHUARD ALBERTO R. ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 26 de Noviembre de 2008


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