Comisión Comunal

Ordenanza Nº 830

Obras especiales - Iluminación Ruta 67-S DPV

VISTO :

La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, para lo cual ésta Comuna se compromete a efectuar la OBRA: "Ampliación del sistema de Iluminación" en la Ruta Provincial N° 67-S, tramo: R.P.67-S-Zona Urbana, de la localidad de San Jerónimo Norte, en el marco del Programa de Descentralización Vial, durante el año 2009, y;

CONSIDERANDO :

Que los términos del Convenio y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de las obras a realizar por la Comuna, son razonables y compensan las inversiones a su cargo;
Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Presidente de la Comuna de San Jerónimo Norte, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como también a percibir el monto que se establezca;
Que a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los Fondos de Coparticipación que le corresponden a la Comuna;
Que la ejecución de la Obra brindará beneficios imponderables a todos los habitantes de la zona;

ARTICULO 1º: Apruébase la formalización de un Convenio entre esta Comuna y la Dirección Provincial de Vialidad, para lo cual ésta Comuna se compromete a ejecutar la OBRA: "Ampliación del sistema de Iluminación" en la Ruta Provincial N° 67-S, tramo: R.P. N° 67-S Zona Urbana, de la localidad de San Jerónimo Norte, en el marco del Programa de Descentralización Vial, durante el año 2009.-

ARTICULO 2º: Autorizar al Presidente Comunal, Sr. Raúl Martín Jullier, a suscribir el respectivo Convenio, como también a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y la percepción del monto establecido.-

ARTICULO 3º: Apruébese la inversión que deberá realizar la Comuna, de acuerdo a la Ley 2439.-

ARTICULO 4º: Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Comuna de San Jerónimo Norte, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.-

ARTICULO 5º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

CHUARD ALBERTO R. ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 29 de Abril de 2009


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