Comisión Comunal

Ordenanza Nº 1150

Obras Menores 2012/2013 Parque Industrial

VISTO :

La sanción de la Ley 12385, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario N° 1123/08, y;

CONSIDERANDO :

Que por dicha Ley el Gobierno Provincial crea el Fondo para la construcción de obras para el interior en Municipios de segunda categoría y comunas;
Que esta localidad se encuentra comprendida en los alcances del fondo para el año 2012 y año 2013;
Que el saldo disponible correspondiente al año 2012 es de pesos cuatrocientos sesenta y siete mil ciento setenta y seis con treinta y siete centavos ($ 467.176,37) y al año 2013 pesos seiscientos treinta mil cuatrocientos veintidós con treinta y dos centavos ($ 630.422,32).
Que esta Comisión Comunal en reunión del día 30 de Octubre del corriente año, registrada bajo el número 658, resolvió destinar los fondos de la ley 12.385 correspondiente a los ejercicios 2012 y 2013 por la suma total de pesos un millón noventa y siete mil quinientos noventa y ocho con sesenta y nueve centavos ($ 1.097.598,69) a la adquisición de un inmueble rural con destino al "Parque Industrial de San Jerónimo Norte" ;
Que dicha acción se encuentra comprendida entre las que son financiables por el fondo;

ARTICULO 1º: Solicítase al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley N° 12385, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario N° 1123/08, el aporte total de Pesos un millón noventa y siete mil quinientos noventa y ocho con sesenta y nueve ($ 1.097.598,69) correspondiente al año 2012 por pesos cuatrocientos sesenta y siete mil ciento setenta y seis con treinta y siete centavos ($ 467.176,37) y al año 2013 pesos seiscientos treinta mil cuatrocientos veintidós con treinta y dos centavos ($ 630.422,32), no reintegrables para la adquisición de un inmueble rural con destino al "Parque Industrial de San Jerónimo Norte" ;

ARTICULO 2º: Determinase recomendar al Gobierno Provincial la transferencia del 100% de la acreencia comunal en concepto del saldo del "Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas" dado que se trata de adquisición de un inmueble donde la operatoria habitual así lo amerita.

ARTICULO 3º: Facultase al Señor Presidente Comunal, Don Raúl Martín Jullier, DNI N° 6.257.029, a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total de la adquisición que se menciona en el Artículo 1°), y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo autorízase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-

ARTICULO 4º: Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.-

FIRMANTES :

JULLIER RAÚL MARTÍN ( Presidente comunal )

EMMERT OMAR FEDERICO ( Vicepresidente comunal )

TSCHIEDER CELIA MARÍA ( Secretaria )

WELSCHEN CARLOS ALBERTO ( Tesorero )

IMHOFF MARÍA HORTENCIA ( Vocal )

SAN JERONIMO NORTE, 13 de Noviembre de 2013


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